Resolucion numero 166 de 1998, por medio de la cual se transfiere la propiedad de un inmueble. - 17 de Julio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59800493

Resolucion numero 166 de 1998, por medio de la cual se transfiere la propiedad de un inmueble.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín43349

por medio de la cual se transfiere la propiedad de un inmueble.

La Directora de la Regional Cundinamarca del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1831 del 18 de julio de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley 281 de 1996, estableció que las funciones a cargo del Inurbe, relacionadas con la administración, terminación y liquidación de actos administrativos, contratos y operaciones iniciadas por el ICT con anterioridad a la Ley 3ª de 1991, serán desempeñadas por una Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, UAE-ICT, la cual fue creada mediante Decreto 1565 del 29 de agosto de 1996, con personería jurídica y patrimonio propio adscrita al Ministerio de Desarrollo Económico;

Que la Ley 281 de 1996, ordenó al Inurbe trasladar a la Unidad Administrativa Especial Liquidadora, la totalidad de los activos y pasivos de la entidad adquiridos durante la vigencia del anterior Instituto de Crédito Territorial que aún estuviesen registrados en sus inventarios, transferencia que se realizará mediante resolución administrativa, la que una vez inscrita en la oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados del Círculo respectivo, constituirá título suficiente de dominio que dentro de las funciones asignadas a la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, UAE-ICT se encuentra entre otros... Recibir del Inurbe los activos y pasivos adquiridos durante la vigencia del ICT a excepción de los señalados en la Ley 281 de 1996;

Que en cumplimiento de las anteriores normas el Inurbe debe transferir a la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, UAE-ICT la propiedad de los inmuebles adquiridos por el antiguo instituto con anterioridad a la expedición de la Ley 3ª de 1991, con las excepciones señaladas en la Ley 281 de 1996. El lote de terreno ubicado en jurisdicción del municipio de Chocontá, Cundinamarca, urbanización Albania, lote número 11, manzana C, Matrícula Inmobiliaria número 154-0025028 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Chocontá que hace parte del lote de mayor...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR