Resolucion numero 0676 de 1998, por la cual se otorga una licencia ambiental. - 28 de Julio de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59800494

Resolucion numero 0676 de 1998, por la cual se otorga una licencia ambiental.

EmisorMinisterio del Medio Ambiente
Número de Boletín43350

por la cual se otorga una licencia ambiental.

El Ministro del Medio Ambiente, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 4º del artículo 52 de la Ley 99 del 22 de diciembre de 1993 y el Decreto 1753 de 1994, y

CONSIDERANDO:

  1. Antecedentes

    Que mediante el Primer Plan de Expansión Portuaria, Decreto 2147 del 13 de septiembre de 1991, en su artículo 6º, se estableció que la construcción de nuevos puertos para el manejo de carbón, se autorizaría en ciertas regiones, incluyéndose la margen occidental de Bocas de Ceniza en el departamento del Atlántico;

    Que posteriormente el documento Conpes 2680 del 11 de noviembre de 1993 al respecto estableció: "El Ministerio del Transporte deberá adelantar durante los próximos dos años estudios y análisis, para el futuro desarrollo de la Ciénaga de Mallorquín y el margen occidental de Bocas de Ceniza. En esta zona habilitada en el plan anterior, se han presentado dificultades para el otorgamiento de concesiones por la complejidad ambiental";

    Que así mismo dada la complejidad ambiental del área de Ciénaga de Mallorquín y Bocas de Ceniza, en el Segundo Plan de Expansión Portuaria -Decreto 2688 del 30 de diciembre de 1993, artículo 6º, se estableció expresamente que se deberían realizar a través del Ministerio de Transporte unos estudios para el futuro desarrollo de la Ciénaga de Mallorquín y el margen occidental de Bocas de Ceniza;

    Que teniendo en cuenta lo anterior, la Superintendencia General de Puertos, en calidad de ente encargado de otorgar las concesiones portuarias en las playas y terrenos de bajamar, suspendió los trámites conducentes a la aprobación y otorgamiento de las solicitudes de concesión en el área de la Ciénaga de Mallorquín, correspondientes a las Sociedades Cementos del Caribe S. A., Alambres Industriales, Socodep S. A. y Bocas de Ceniza S. A. Lo anterior hasta tanto se tuvieran los resultados de los estudios ordenados por el Decreto 2688 de 1993.

    Que mediante oficio de fecha mayo 3 de 1994, la Sociedad Portuaria Bocas de Ceniza S.A. solicitó al Ministerio del Medio Ambiente su pronunciamiento sobre si la construcción de un puerto granelero de servicio público localizado en Bocas de Ceniza en el corregimiento de las Flores, municipio de Barranquilla, departamento del Atlántico, requiere o no de la elaboración de un diagnóstico ambiental de alternativas, así como también el establecimiento de los términos de referencia del estudio de impacto ambiental que corresponda. Lo anterior con el fin de obtener la licencia ambiental del citado proyecto;

    Que mediante Auto número 054 del 6 de mayo de 1994, la Oficina Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente avocó conocimiento de la solicitud de licencia ambiental presentada por la Sociedad Portuaria Bocas de Ceniza S. A. para la construcción de un puerto granelero y carbonífero en Bocas de Ceniza. Así como también remitió el expediente a la Dirección Ambiental Sectorial para su conocimiento y trámite correspondiente;

    Que con fecha marzo 15 de 1995 el Ministerio del Medio Ambiente, solicitó información a la Superintendencia General de Puertos sobre el estado de la Concesión Portuaria de la Sociedad Portuaria Bocas de Ceniza S. A. la cual se localizaba en el área en de la Ciénaga de Mallorquín;

    Que mediante Memorando número 478 de julio 18 de 1994, la Dirección Ambiental Sectorial del Ministerio del Medio Ambiente, informa a la Oficina Jurídica al respecto de la situación de la Ciénaga de Mallorquín, que se deben realizar los estudios y análisis requeridos en el Decreto 2688/93, para el futuro desarrollo de la Ciénaga de Mallorquín y la margen occidental de Bocas de Ceniza;

    Que mediante Oficio número 950982 del 23 de marzo de 1995 la Superintendencia General de Puertos informó que mediante Resolución número 903 del 25 de agosto de 1994 suspendió el trámite conducente a la aprobación y otorgamiento de la solicitud de Concesión Portuaria, presentada por la Sociedad Bocas de Ceniza S. A., hasta tanto se tuvieran los resultados del estudio ordenado...

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