Resolucion numero 00356 de 1999, por la cual se actualizan las tarifas para los servicios de supervisión y control de calidad de insumos pecuarios. - 9 de Marzo de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59806248

Resolucion numero 00356 de 1999, por la cual se actualizan las tarifas para los servicios de supervisión y control de calidad de insumos pecuarios.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín43534

por la cual se actualizan las tarifas para los servicios de supervisión y control de calidad de insumos pecuarios.

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas en el literal a) del artículo 20 del Acuerdo 035 de 1993, aprobado por el Decreto 2645 del mismo año, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del ICA, mediante Acuerdos 007 y 013 de 1984 y 014 y 015 de 1985, fijó las tarifas para los servicios de supervisión y control de calidad de insumos pecuarios;

Que los mismos acuerdos consagran un incremento automático anual en las tarifas de estos servicios, según la variación porcentual del Indice de Precios al Consumidor, total nacional, señalado por el DANE para el año inmediatamente anterior;

Que el Indice de Precios al Consumidor, IPC, para el año 1998, señalado por el DANE, fue del 16.7%,

RESUELVE:

CAPITULO I Artículo 1

De las inscripciones y registros

Artículo 1º Actualízase las siguientes tarifas para los servicios de expedición de registros para personas naturales o jurídicas que se dediquen a la producción, importación y comercialización de insumos pecuarios, así:

Expedición del registro como importador y/o exportador $201.100

Expedición del registro como productor o como productor importador $364.900

Expedición del registro como productor por contrato $182.100

Expedición del registro como plantas semielaboradoras, empacadoras

o envasadoras. $182.100

Expedición del registro o licencia de venta de productos o insumos pecuarios $212.000

Expedición del registro a laboratorios de control de calidad de

insumos pecuarios $220.000

Expedición del registro o inscripción de directores científicos

o asesores técnicos $20.700

Expedición o renovación del registro de toros donantes de material seminal $316.700

Parágrafo 1º. El establecimiento de sucursales, agencias, plantas o instalaciones adicionales, el cambio de localización o domicilio por parte de personas naturales o jurídicas, tendrán una tarifa equivalente al 50% de los valores señalados en el artículo 1º de esta resolución.

Parágrafo 2º. Cualquier modificación que se efectúe a los registros, exceptuando el Registro o Licencia de Venta de los productos o insumos pecuarios, tendrá una tarifa equivalente al 50% de los valores establecidos en el artículo 1º de esta resolución.

Parágrafo 3º. Las modificaciones de los Registros y/o Licencias de Venta de productos o insumos pecuarios, tales como sustitución, adición, modificación de las garantías, fórmulas, indicación de uso y otros, pagarán una tarifa equivalente al 100% de los valores indicados en el artículo 1º de la presente resolución.

Parágrafo 4º. El cambio de nombre comercial o de titularidad de los Registros o Licencias de Venta, así como las modificaciones o adiciones en empaques o envases, pagarán una tarifa equivalente al 30% del valor fijado en el artículo 1º de la presente resolución, aplicable al concepto: "Expedición del Registro o Licencia de Venta de productos o Insumos Pecuarios".

Parágrafo 5º. Para el caso de insumos o productos pecuarios que se encuentren en proceso de ser registrados, se cancelará por separado la ejecución o supervisión de las pruebas de eficacia y demás servicios adicionales que haya necesidad de efectuar.

Parágrafo 6º. Las tarifas correspondientes al registro de los directores científicos o asesores técnicos, es aplicable por cada firma o empresa asesora.

Parágrafo 7º. Los trámites y requisitos necesarios para la obtención de los registros, se regirán por las disposiciones legales vigentes que reglamentan cada uno de los servicios.

Parágrafo 8º. Las tarifas que se cancelen por cualquiera de los servicios señalados en esta resolución, se consideran como uno de los requisitos para el estudio y trámite de la correspondiente solicitud, lo cual no implica la obligación por parte del Instituto de expedir un concepto favorable respecto de la solicitud presentada, siendo indispensable el cumplimiento de los requisitos exigidos para tal efecto.

Parágrafo 9º. La tarifa por concepto de expedición o renovación del registro de toros donantes de material seminal, incluye los costos del estudio de la solicitud, las pruebas y análisis de laboratorio que sean necesarios practicar y las recomendaciones técnicas pertinentes.

CAPITULO II Artículo 2

De los conceptos y certificaciones

Artículo 2º Actualízanse las siguientes tarifas para los servicios de expedición de conceptos técnicos y certificaciones varias, así:

Tarifa por

Clase de análisis análisis y por

muestra ($)

Expedición de conceptos técnicos previos para importación o

exportación de productos terminados o materias primas 19.600

Expedición de certificaciones de:

  1. Calidad 28.500

  2. Exclusión del IVA 38.000

  3. Registro y libre venta 19.000

  4. Otras 12.100

Parágrafo 1º. Cualquier modificación de los conceptos técnicos de exportación e importación y certificaciones, tendrán una tarifa equivalente al 50% de los valores señalados en este artículo.

CAPITULO III Artículos 3 a 6

De los análisis, determinaciones y pruebas de laboratorio

Artículo 3º Productos farmacéuticos

El servicio de análisis de calidad de los productos farmacéuticos de uso veterinario, por cada muestra sometida a prueba o análisis de determinaciones, tendrán las siguientes tarifas:

Tarifa por

Clase de análisis análisis y por

muestra ($)

  1. Grupo de los Analgésicos:

    1.1 Analgésicos anti-inflamatorios 17.400

    1.2 Analgésicos no narcóticos 18.600

    – Fenilbutazona, Dipirona y otros productos farmacéuticos

    del mismo grupo.

  2. Grupo de los Anestésicos Locales: 46.600

    – Clorhidrato de Procaína, Lidocaína, Clorhidrato

    y otros productos del mismo grupo.

  3. Grupo de los Antihistamínicos:

    Clorhidrato de difenhidramina y otros productos farmacéuticos

    del mismo grupo. 25.600

  4. Grupo de los Antimicrobianos:

    4.1 Antibióticos:

    – Estreptomicina 24.500

    – Oxitetraciclina 24.600

    Penicilina Benzatínica...

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