Resolución número 625 de 2018, por la cual se modifica el numeral 3.2 de la Norma de Proceso Contable y Sistema Documental Contable del Régimen de Contabilidad Pública
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación |
Número de Boletín | 50861 |
El Contador General de la Nación, en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley
298 de 1996 y el Decreto número 143 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución número 354 de 2007, expedida por la UAE Contaduría General de la Nación (CGN), en su artículo 1º modificado por la Resolución número 156 de 2018, estableció la conformación del Régimen de Contabilidad Pública, así: "a) el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública; b) el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; c) el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; d) el Marco Normativo para Entidades de Gobierno con sus respectivos elementos; e) el Marco Normativo para Entidades en Liquidación con sus respectivos elementos; f) la Regulación del Proceso Contable y del Sistema Documental Contable; y g) los Procedimientos Transversales".
Que mediante la Resolución número 525 de 2016 se incorporó, en el Régimen de Contabilidad Pública, la Norma de Proceso Contable y Sistema Documental Contable.
Que mediante la Resolución 385 de 2018 se modificó la Norma de Proceso Contable y Sistema Documental Contable del Régimen de Contabilidad Pública para incorporar la regulación relativa a las formas de organización y ejecución del proceso contable.
Que la forma de organización y ejecución del proceso contable en el Sistema Integrado de Información Financiera del Gobierno nacional es de una contabilidad centralizada, la cual permite identificar los hechos económicos asociados a cada uno de los fondos sin personería jurídica que por disposiciones legales deben llevar contabilidad separada.
Que se requiere modificar la Norma de Proceso Contable y Sistema Documental Contable del Régimen de Contabilidad Pública para permitir que las entidades que tienen asignados fondos sin personería jurídica, puedan optar por cualquiera de las formas de organización y ejecución del proceso contable, establecidas en dicha Norma.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
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