Resolución número 6262 de 2018, por la cual se fijan los términos para la entrega de los documentos electorales con ocasión de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) que se realizarán el domingo 27 de mayo de 2018, en el departamento de Guainía - 8 de Mayo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 716844645

Resolución número 6262 de 2018, por la cual se fijan los términos para la entrega de los documentos electorales con ocasión de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) que se realizarán el domingo 27 de mayo de 2018, en el departamento de Guainía

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50587

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 120 y 266 de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 12 del Decreto-ley 2241 de 1986 (Código Electoral), artículos 5º y 36 del Decreto-ley 1010 de 2000 y el artículo 42 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 12 del artículo 26 del Código Electoral, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil, dictar y hacer conocer las resoluciones que fijen los términos para la entrega de pliegos electorales de los corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales al respectivo Registrador del Estado Civil.

Que el numeral 11 del artículo 5º del Decreto-ley 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana.

Que el numeral 13 del artículo 36, del Decreto-ley 1010 de 2000, establece que le corresponde a la Dirección de Gestión Electoral, elaborar las Resoluciones que fijen los términos para la entrega de documentos electorales.

Que el inciso segundo del artículo 42, de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, faculta al Registrador Nacional del Estado Civil, para fijar los términos de entrega de documentos

electorales de los corregimientos, inspecciones de policía o sectores rurales a los claveros del municipio respectivo.

Que el inciso 2º del artículo 144, del Decreto 2241 de 1986 (Código Electoral), establece que los documentos electorales de los Corregimientos, inspecciones de policía y sectores rurales, deben ser conducidos por los Delegados del Registrador del Estado Civil y entregados a los claveros respectivos dentro de los términos que se señalen en la presente resolución.

Que mediante la Resolución número 5552 del 26 de mayo de 2017, se establece el calendario electoral para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República (primera vuelta) que se realizarán el 27 de mayo de 2018.

Que en mérito de lo expuesto, es necesario fijar los términos de entrega para los corregimientos e inspecciones de policía y sectores rurales del departamento.

RESUELVE:

Artículo 1º

Fijar los...

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