Resolución número 6454 de 2018, por medio de la cual se adopta el Estatuto de Auditoría Interna del Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio. - 6 de Agosto de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 736558681

Resolución número 6454 de 2018, por medio de la cual se adopta el Estatuto de Auditoría Interna del Grupo Interno de Trabajo de Control Interno de Gestión del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín50677

La Ministra de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el numeral 3 del artículo 59 y el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 17 del artículo del Decreto número 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 209 en armonía con el artículo 269, establece la existencia de un Control Interno en todos los ámbitos de la Administración Pública.

Que en desarrollo del artículo 209 de la Carta Magna, el Congreso de la República expidió la Ley 87 de 1993, la cual determina que es obligación de las entidades públicas del Orden Nacional y Territorial adoptar los mecanismos necesarios para el Control Interno de estas.

Que la Ley 87 de 1993, establece las normas para el ejercicio del Control Interno en las Entidades y organismos del Estado y define la Oficina de Control Interno (o quien haga sus veces) como uno de los componentes del Sistema de Control Interno encargado de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, la revaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.

Que el Decreto número 648 de 2017 por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, especifica que se ha establecido en el más alto nivel gerencial, la Oficina de Control Interno (o quien haga sus veces), con las responsabilidades de asesorar a la Administración en materia de control interno, liderar el proceso de Auditoría Interna de la Entidad, realizar la evaluación independiente del Sistema de Control Interno, evaluar la manera como la Entidad está administrando los riesgos y fomentar el desarrollo de la cultura de control entre todos los servidores de la Entidad.

Que mediante el Decreto número 1499 de 2017 por el cual se modifica y adiciona el Decreto número 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, se establece que la actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI), se efectuará a través del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el cual será de obligatorio cumplimiento y aplicación para las Entidades y organismos a que hace referencia el artículo 5º de la Ley 87 de 1993.

Que las normas emitidas por el Instituto de Auditores Internos (IIA) en el "Marco Internacional para la Práctica Profesional de Auditoría Interna" proporcionan un esquema estructurado que facilita el desarrollo, la interpretación y aplicación de conceptos, metodologías y técnicas de la Auditoría Interna.

Que conforme a las funciones del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, establecidas en el artículo 5º de la Resolución número 4264 del 9 de junio de 2017, se estipula en su numeral 3 la aprobación del Estatuto de Auditoría Interna y el Código de Ética del Auditor, así como la verificación de su cumplimiento.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO 1 Artículos 1 a 3

Denominación, naturaleza jurídica y objeto de la auditoría interna

Artículo 1º Denominación.

Para todos los efectos legales se denomina Control Interno, el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una Entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.

Artículo 2º Objeto de la auditoría interna.

Determinar las actividades, operaciones y actuaciones de la auditoría interna así como la administración de información y los recursos, el acceso a los registros, al personal y a los bienes relevantes de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la alta dirección; para ello desarrollará el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y...

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