Resolución número 6455 de 2018, por la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de la Resolución número 2194 del 9 de mayo de 2008. - 6 de Agosto de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 736558685

Resolución número 6455 de 2018, por la cual se declara la pérdida de ejecutoriedad de la Resolución número 2194 del 9 de mayo de 2008.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín50677

La Ministra de Relaciones Exteriores, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el numeral 17 del artículo del Decreto número 869 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 2194 del 9 de mayo de 2008, se creó el Comité para la Promoción de las Comunidades Colombianas en el Exterior, con el objetivo de estudiar y aprobar los programas especiales de promoción con las comunidades colombianas en el exterior presentados y proyectados a través de nuestros Consulados, con el fin de adoptar la asignación, cuantía y destino de las partidas que se deban otorgar a cada Oficina Consular o en las Misiones donde haya un funcionario encargado de funciones consulares, para el logro de una efectiva e idónea promoción, preservación y afirmación de los valores históricos, culturales y sociales de nuestra identidad con las comunidades colombianas en el exterior.

Que es función del Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano diseñar y proponer al Secretario General instrumentos que permitan canalizar las iniciativas orientadas a velar por el bienestar de los colombianos en el exterior.

Que de acuerdo con el artículo 2.2.1.6.1 del Decreto número 1067 de 2015 el Ministerio Relaciones Exteriores, en coordinación con las Misiones Diplomáticas y Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, deberán promover con las comunidades residentes en el exterior la preservación y afirmación de los valores históricos, culturales y sociales de nuestra nacionalidad.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.6.4 del mismo Decreto, el Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Secretaría General y la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, en coordinación con las Misiones Diplomáticas y Consulares de Colombia acreditadas en el exterior, estudiarán la proyección y ejecución de los programas especiales de promoción de las comunidades colombianas en el exterior.

Que mediante el artículo 3º de la Ley 991 del 2 de noviembre de 2005 se autorizó al Gobierno Nacional para apropiar o trasladar recursos presupuestales necesarios para el cumplimiento de esta ley, así como al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores para que introduzca...

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