Resolución número 647-2018 de 2018, por la cual se establecen las alternativas para obtener trazabilidad metrológica en mediciones de velocidad de vehículos, y se adopta la metodología que se seguirá para la aplicación y que seguirá el Instituto Nacional de Metrología (INM) para la emisión del 'Concepto de Desempeño de la Tecnología', en cuanto a la componente metrológica de los instrumentos de medición de velocidad de vehículos - 31 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 756287137

Resolución número 647-2018 de 2018, por la cual se establecen las alternativas para obtener trazabilidad metrológica en mediciones de velocidad de vehículos, y se adopta la metodología que se seguirá para la aplicación y que seguirá el Instituto Nacional de Metrología (INM) para la emisión del 'Concepto de Desempeño de la Tecnología', en cuanto a la componente metrológica de los instrumentos de medición de velocidad de vehículos

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Instituto Nacional de Metrología
Número de Boletín50823

El Director General del Instituto Nacional de Metrología, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por la Ley 1843 de 2017, Resolución 718 del 22 de marzo de 2018, el Decreto 4175 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto 4175 de 2011, el Instituto Nacional de Metrología (INM), es una Unidad Administrativa Especial, de carácter técnico, científico y de investigación, cuyo objetivo es la coordinación nacional de la metrología científica e industrial, y la ejecución de actividades que permitan la innovación y soporten el desarrollo económico, científico y tecnológico del país, mediante la investigación, la prestación de servicios metrológicos, el apoyo a las actividades de control metrológico y la diseminación de mediciones trazables al Sistema Internacional de unidades (SI);

Que atendiendo el objeto mencionado al Instituto Nacional de Metrología (INM), le corresponde, entre otras funciones las siguientes:

· Fortalecer las actividades de control metrológico que adelanten las autoridades competentes para asegurar la confiabilidad de las mediciones.

· Establecer, custodiar y conservar los patrones nacionales de medida correspondientes a cada magnitud, salvo que su conservación o custodia sea más conveniente en otra institución, caso en el cual el Instituto Nacional de Metrología (INM) establecerá los requisitos aplicables y, con base en ellos, designará a la entidad competente.

· Asegurar la trazabilidad de las mediciones al Sistema Internacional de unidades (SI) definido por la Conferencia General de Pesas y Medidas de la Oficina Internacional de Pesas y Medidas (BIPM) y hacer su divulgación.

· Proporcionar servicios de calibración a los patrones de medición de los laboratorios, centros de investigación, a la industria u otros interesados, cuando así se solicite de conformidad con las tasas que establezca la ley para el efecto, así como expedir los certificados de calibración y de materiales de referencia correspondientes.

· Asesorar y prestar servicios de asistencia técnica a las entidades que lo soliciten, en aspectos científicos y tecnológicos de las mediciones y sus aplicaciones;

Que el 14 de julio de 2017, se expidió la Ley 1843, por medio de la cual se regula la instalación y puesta en marcha de sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de infracciones y se dictan otras disposiciones;

Que de conformidad con el parágrafo 2º de artículo 129 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre), las ayudas tecnológicas como cámaras de vídeo y equipos electrónicos de lectura que permitan con precisión la identificación del vehículo o del conductor serán válidos como prueba de ocurrencia de una infracción de tránsito y por lo tanto darán lugar a la imposición...

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