Resolución número 6864 de 2017, por la cual se adopta la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario 2017-2020 - 21 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 693637821

Resolución número 6864 de 2017, por la cual se adopta la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario 2017-2020

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50363

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de la facultad legal que le confiere el numeral 2 del artículo del Decreto número 4890 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política, establece que son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares;

Que teniendo en cuenta lo anterior, el Ministerio de Defensa Nacional formuló e implemento la "Política Integral de Derechos Humanos y DIH" del año 2008, en donde se establecieron los lineamientos, los objetivos y los programas que en materia Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario deberían desarrollar las Fuerzas Militares y, donde sea pertinente, la Policía Nacional;

Que de acuerdo a los lineamientos dados por el Gobierno nacional mediante la "Estrategia Nacional para la Garantía de los Derechos Humanos" y la "Política de Defensa y Seguridad: Todos por un Nuevo País 2015-2018", se hace necesario actualizar la política del Sector Defensa en materia de Derechos Humanos y DIH, para responder al nuevo contexto nacional y superar los desafíos de la Fuerza Pública,

RESUELVE:

Artículo 1

º. Adoptar la Política Integral de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario 2017-2020, cuyo contenido se incorpora en cuarenta y seis (46) folios y hará parte integral de la presente resolución, teniendo en cuenta las razones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo.

Artículo 2º La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 2017. El Ministro de Defensa Nacional,

Luis C. Villegas Echeverri.

(C. F.).

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