Resolución número 765 de 2017, por medio de la cual se ordena corregir la anotación número 5 del folio de matrícula inmobiliaria número 370-305629 - 17 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 746179841

Resolución número 765 de 2017, por medio de la cual se ordena corregir la anotación número 5 del folio de matrícula inmobiliaria número 370-305629

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali
Número de Boletín50780

Expediente número 3702015AA-62

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Cali, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 59 de la Ley 1579 del 2012 y el artículo 34 ss. de la Ley 1437 de 2011 y,

CONSIDERANDO QUE:

1. ANTECEDENTES:

Mediante comunicación con radicado 3702015ER11790 de 11/11/2015, la Doctora Elizabeth Vargas Bermúdez, Notaria Primera del Círculo de Cali, remitió copia de la certificación en la cual se indica que se formuló denuncio penal ante la Fiscalía General de la Nación, por la presunta falsedad en la escritura pública número 699 de 20/05/2013 de la Notaría Primera de Cali, la cual contiene la supuesta venta entre Omar Ignacio Solís Arcos como vendedor y Luis Fernando Quintero Muñoz como comprador, registrada en la anotación número 5 del folio de matrícula inmobiliaria número 370-305629, teniendo en cuenta que el original de la escritura pública 699 de 20/05/2013 que reposa en el protocolo de la Notaría Primera de Cali corresponde al contrato de cancelación de hipoteca otorgada por Bancolombia en favor de Freddy Yovany García Mondad, respecto del inmueble con matrícula inmobiliaria número

370-290512.

Se adjunta al escrito copia de Formato Único de Noticia Criminal con radicado 760016000193201536612 por el presunto delito de Falsedad Ideológica en Documento

Público (Artículo 286 C.P.)

Por lo anteriormente expuesto, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali, una vez realizado el estudio jurídico correspondiente y dando aplicación a la Instrucción Administrativa número 11 de Julio de 2015, dio inicio a la actuación administrativa número 3702015AA-62, mediante Auto número 33 de 12/11/2015, con el fin de establecer la real situación jurídica del inmueble inscrito en el folio de matrícula inmobiliaria número 370-305629.

Dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 67, 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011, el 21/09/2017 se remitió citación a notificación personal a Omar Ignacio Solís Arcos y a Luis Fernando Quintero Muñoz, en virtud a que no se presentaron, el día 29/09/2017 se fijó aviso de citación a notificación personal desfijándose el día 10/10/2017. El día 21/11/2017 se solicitó la publicación del Auto de Inicio en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro.

Una vez agotada la etapa de notificaciones de la forma anteriormente expuesta, se profiere la presente resolución.

2. CONSIDERACIONES DE ESTA OFICINA

El derecho registral se encarga de regular la inscripción de los actos de constitución, declaración, aclaración, adjudicación, modificación, traslación, etc., del dominio u otro derecho real sobre bienes inmuebles (artículo 2º Ley 1579 de 2012).

El artículo 49 del Estatuto de Registro, Ley 1579 de 2012, establece que: "El modo de abrir y llevar la matrícula se ajustará a lo dispuesto en esta ley, de manera que aquella exhiba en todo momento el estado jurídico del respectivo bien".

El artículo 59 de la Ley 1579 de 2012 establece el procedimiento para corregir los errores en que se haya incurrido en la calificación y/o inscripción del registro.

2.1. Estudiadas las anotaciones que contiene el folio de matrícula inmobiliaria número 370- 305629 y revisados los documentos que reposan en el archivo de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali, encontramos lo siguiente: Corresponde a un inmueble ubicado en la Calle 19A # 34-26, con un total de 05 anotaciones. En la anotación número 02 se registró la escritura número 2919 de 24/08/1989 de la Notaría 8 de Cali por la cual se adjudicó en sucesión de Isabel Arcos de Solís a favor de Omar Ignacio Solís Arcos el inmueble descrito y alinderado. En la anotación número 03 se registró la Resolución número 0169 de 04/09/09 de la Secretaría de Infraestructura y Valorización del municipio de Cali, por la cual se registró la afectación de gravamen de valorización causada por beneficio...

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