Resolución número 7808 de 2017, por la cual se fijan tarifas por concepto del ejercicio de la función registrai - 21 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743450161

Resolución número 7808 de 2017, por la cual se fijan tarifas por concepto del ejercicio de la función registrai

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín50753

El Superintendente de Notariado y Registro, en uso de las facultades conferidas por el artículo 74 de la Ley 1579 de 2012, y el numeral 13 del artículo 13 del Decreto número 2723 del 29 de diciembre de 2014,

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 74 de la Ley 1579 de 2012, le corresponde al Superintendente de Notariado y Registro fijar las tarifas por concepto del ejercicio de la Función Registrai, así como su ajuste anual, previo estudio que contendrá los costos y criterios de conveniencia que demandan.

Que el artículo 36 de la Ley 1579 de 2012, establece que los servicios electrónicos dispuestos para los trámites de registro son un derecho de los ciudadanos y se constituyen en un canal alterno a los esquemas presenciales en operación y deberán prestarse con fundamento en los principios, políticas y reglamentaciones adoptadas por la Superintendencia de Notariado y Registro.

Que con fundamento en las disposiciones citadas, se expidió la Resolución número 0450 del 20 de enero de 2017, por la cual se fijaron las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral.

Que el artículo 5º del Decreto número 019 de 2012, dispone que las normas de procedimiento administrativo deban ser utilizadas para agilizar las decisiones y que los procedimientos se deben adelantar en el menor tiempo y con la menor cantidad de gastos de quienes intervienen en ellos. Así mismo, indica que las autoridades deberán proceder con austeridad y eficiencia, optimizar el uso del tiempo y de los demás recursos, procurando el más alto nivel de calidad en sus actuaciones y la protección de los derechos de las personas.

Que en el mismo sentido, el artículo 6º del Decreto número 019 de 2012 dispone que los trámites establecidos por las autoridades deberán ser sencillos, eliminarse toda complejidad innecesaria y los requisitos que se exijan a los particulares deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir. Las autoridades deben estandarizar los trámites...

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