Resolución número 85759 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 14371 del 29 de marzo do 2017 - 23 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 747954445

Resolución número 85759 de 2018, por la cual se modifica la Resolución número 14371 del 29 de marzo do 2017

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín50786

El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales, y en particular las conferidas por el numeral 59 del artículo , y el numeral 35 del artículo del Decreto 4886 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que el artículo 24 del Código General del Proceso atribuyó a la Superintendencia de Industria y Comercio facultades jurisdiccionales para conocer de los procesos que versen sobre violación a los derechos de los consumidores establecidos en el Estatuto del Consumidor, violación al régimen sobre competencia desleal e infracción de derechos de propiedad industrial.

Segundo: Que el inciso segundo del parágrafo primero del artículo 24 del Código General del Proceso señala que: "Cuando las autoridades administrativas ejercen funciones jurisdiccionales, el principio de inmediación se cumple con la realización del acto por parte de los funcionarios que, de acuerdo con la estructura interna de la entidad, estén habilitados para ello, su delegado o comisionado (...)".

Tercero: Que el numeral 35 del artículo del Decreto 4886 de 2011, otorgó al Superintendente de Industria y Comercio la facultad de las "Designar las delegaturas, grupos internos de trabajo o funcionarios que ejerzan las funciones jurisdiccionales asignadas en virtud de la ley, garantizando la autonomía e independencia propia de la función".

Cuarto. Que en el numeral 8.3. de la parte considerativa de la Resolución número 14371 del 29 de marzo de 2017, el Superintendente de Industria y Comercio asignó facultades jurisdiccionales a los funcionarios que ocupen cargos de profesional universitario y profesional especializado, adscritos al Grupo de Competencia Desleal e Infracción de Derechos de Propiedad Industrial, para adelantar el trámite de los litigios relacionados con acciones por competencia desleal e infracción de derechos de propiedad industrial, conforme con las atribuciones otorgadas en el Código General del Proceso, excepto dictar sentencia y resolver medidas cautelares.

Quinto. Que en consideración a la naturaleza y características de los procedimientos judiciales aplicables en materia de competencia desleal e infracción de derechos de propiedad industrial, principalmente lo concerniente al principio de oralidad e...

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