Resolución número 8788 de 2018, por la cual se crea y adopta unos códigos de especificación para unos actos objeto de inscripción en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos - 21 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743450181

Resolución número 8788 de 2018, por la cual se crea y adopta unos códigos de especificación para unos actos objeto de inscripción en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín50753

La Superintendente de Notariado y Registro (e), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas parágrafo 4º del artículo de la Ley 1579 de 2012 y en los numerales 26 del artículo 11 y 19 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto número 2723 de 2014, las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos son dependencias de la Superintendencia de Notariado y Registro;

Que al tenor de lo dispuesto en el parágrafo 4º del artículo de la Ley 1579 de 2012, corresponde a la Superintendencia de Notariado y Registro asignar y definir los códigos de las operaciones registrales;

Que mediante Resolución número 6264 de 14 de junio de 2016 la Superintendencia de Notariado y Registro estableciendo en el artículo 6º el procedimiento para la creación de nuevos códigos para la calificación de los documentos en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos;

Que mediante correo electrónico remitido por la Superintendencia Delegada para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, se pone en conocimiento de la Oficina Asesora Jurídica la solicitud de creación de códigos de especificación realizada por la Agencia Nacional de Tierras radicado con el número SNR2018ER055016;

Que en Decreto número 902 de 29 de mayo de 2017, por el cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, específicamente el procedimiento para el acceso y formalización y el Fondo de Tierras, en su artículo 36 se dispone:

"Formalización de predios privados. En desarrollo de las funciones establecidas por el ...

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