Resolución número 97 de 2018, por la cual se corrige la Resolución número 88018 de 2017 - 4 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 700172149

Resolución número 97 de 2018, por la cual se corrige la Resolución número 88018 de 2017

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín50466

El Secretario General (e), en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Ley 1437 de 2011, el artículo 26 de la Ley 1480 de 2011, el artículo 22 del Decreto número 4886 de 2011, la Ley 1712 de 2014, el Decreto número 103 de 2015, la Resolución número 87301 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el 27 de diciembre de 2017 la Secretaria General expidió la Resolución número 88018 de 2017 'Tor la cual se fijan las tasas aplicables a los trámites generales que se surten ante la Superintendencia de Industria y Comercio y se modifica el numeral 2.6, al Capítulo Segundo del Título I de la Circular Única del 19 de julio de 2001 adoptada mediante Circular Externa número 10 de 2001";

Que el artículo tercero de la Resolución número 88018 de 2017, dispuso lo siguiente: "Vigencias y derogatorias. La presente resolución rige a partir del primero de enero de 2017 previa publicación en el Diario Oficial y modifica el numeral 2.6. del Capítulo Segundo, del Título I de la Circular Única de fecha 19 de julio de 2001 adoptada mediante Circular Externa número 10 de 2001";

Que la vigencia de la Resolución número 88018 de 2017, es a partir del primero de enero de 2018 y no primero de enero de 2017 como erróneamente se señaló en el artículo tercero por lo que se hace necesario hacer la respectiva corrección;

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece que ''Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda";

Que teniendo en cuenta que el error sobre el año de vigencia de la Resolución número 88018 de 2017 es un error formal de digitación, se procederá de oficio a hacer la respectiva corrección para aclarar que la vigencia de la misma es a partir del primero de enero de

2018;

Que por medio de la Resolución número...

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