Resolución número 987 de 2017, por la cual se delegan unas funciones - 3 de Agosto de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 690831633

Resolución número 987 de 2017, por la cual se delegan unas funciones

EmisorVarios - Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50314

El Representante Legal del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, el artículo 15 del Decreto número 1060 de 1986, el artículo 22 del Decreto ley 1010 de 2000, el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Registraduría Nacional del Estado Civil, de conformidad con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, desarrolla su función administrativa con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad;

Que el artículo 14 del Decreto número 1060 de 1986, establece que el Registrador Nacional del Estado Civil es el Director y Representante Legal del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional de Estado Civil;

Que conforme al artículo 15, literal i), del Decreto número 1060 de 1986, el Director del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional de Estado Civil, puede delegar en los empleados de la Registraduría alguna o algunas de sus funciones, previa autorización de la Junta Directiva;

Que según Acta número 09 del 13 de diciembre de 2007, la Junta Directiva del Fondo Rotatorio de la Registraduría Nacional del Estado Civil, autoriza al Registrador Nacional del Estado Civil, en su condición de Director General del Fondo Rotatorio, para que delegue algunas funciones en materia contractual y presupuestal, de conformidad con el artículo 15 literal i) del Decreto número 1060 de 1986;

Que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en esta ley;

Que el artículo 22 del Decreto ley 1010 de 2000 establece que se podrán delegar en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor vinculados a la Registraduría Nacional del Estado Civil las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, ordenación del pago, contratación y otras competencias administrativas, técnicas

o jurídicas, en los términos de los actos de delegación y las disposiciones legales so re la materia;

Que conforme con el artículo 86 de la Ley...

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