RESOLUCION NUMERO 004204 DE 2008 , (octubre 30) , por la cual se adiciona y modifica la Resolución 3042 de 2007 . - 30 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47000488

RESOLUCION NUMERO 004204 DE 2008 , (octubre 30) , por la cual se adiciona y modifica la Resolución 3042 de 2007 .

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47163

El Ministro de la Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 173 numeral 3 de la Ley 100 de 1993, 2° numeral 15 del Decreto-ley 205 de 2003 y 13 literal b), de la Ley 1122 de 2007, RESUELVE:

Artículo 1°

Adiciónase el artículo 10 de la Resolución 3042 de 2007, con el siguiente numeral: "10.

Los recursos obtenidos como producto del monopolio de juegos de suerte y azar que deben destinarse al Fondo de Investigación en Salud".

Artículo 2°

Modifícase el parágrafo 1° del artículo 10 de la Resolución 3042 de 2007, el cual quedará así: "Parágrafo 1°.

Los recursos destinados al Fondo de Investigación en Salud administrado por Colciencias, de conformidad con el artículo 42 de la Ley 643 de 2001, constituye un recaudo con destinación específica para terceros.

En el evento de que, de acuerdo con las disposiciones fiscales y presupuéstales de la respectiva entidad territorial, no haya lugar a la incorporación de los ingresos por cuenta de terceros, no habrá lugar a su presupuestación ".

Artículo 3°

Adiciónase al artículo 12 de la Resolución 3042 de 2007 los siguientes numerales: "4.

Los que se destinen para la financiación o cofinanciación de subsidios a la demanda en los municipios del departamento, o en el respectivo municipio o distrito, según el caso. 5.

Los que se destinen a garantizar el cumplimiento de las obligaciones de pago derivadas de los contratos de empréstito celebrados entre las entidades territoriales y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en desarrollo del programa de reorganización, rediseño y modernización de las redes de prestación de servicios de salud que conforme a lo dispuesto en el parágrafo 3° del artículo 54 de la Ley 715 de 2001 son objeto de pignoración a la Nación, en lo correspondiente a los ingresos del Sistema General de Participaciones - Sector Salud - Prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda descontado el aporte patronal de que trata el artículo 58 de la misma ley".

Artículo 4°

Modifícase el numeral 4 del artículo 14 de la Resolución 3042 de 2007, el cual quedará así: "4.

Los destinados a la financiación o cofinanciación de proyectos de inversión o acciones de salud diferentes a las contempladas en las demás subcuentas, incluidos los recursos destinados para la asistencia a ancianos, niños adoptivos y población desprotegida, atención en salud a población inimputable por trastorno mental, proyectos para población en condiciones especiales, y de prevención de la violencia y promoción de la convivencia pacífica, entre...

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