Resolución número cnsc - 20191000000555 de 2019, por la cual se autoriza la utilización de la firma mecánica - 5 de Marzo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 771007145

Resolución número cnsc - 20191000000555 de 2019, por la cual se autoriza la utilización de la firma mecánica

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional del Servicio Civil
Número de Boletín50886

La Comisión Nacional del Servicio Civil, en uso de las facultades conferidas por la Ley 909 de 2004, el Acuerdo número 20181000000016 de 2018, y el artículo 12 del

Decreto ley 2150 de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia señala: "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que el artículo 12 del Decreto ley 2150 de 1995 señala que los jefes de las entidades que integran la Administración Pública podrán hacer uso, bajo su responsabilidad, de la firma que procede de algún medio mecánico, tratándose de firmas masivas. En tal caso, previamente mediante acto administrativo de carácter general, deberá informar sobre el particular y sobre las características del medio mecánico.

Que los parágrafos 1º y 2º del artículo 6º de la Ley 962 de 2005 disponen que las entidades y organismos de la Administración Pública deberán hacer públicos los medios tecnológicos o electrónicos de que dispongan, para permitir su utilización garantizando los principios de autenticidad, disponibilidad e integridad.

Que el artículo 7º de la Ley 527 de 1999 dispone que: "Cuando cualquier norma exija la presencia de una firma o establezca ciertas consecuencias en ausencia de la misma, en relación con un mensaje de datos, se entenderá satisfecho dicho requerimiento si: a) Se ha utilizado un método que permita identificar al iniciador de un mensaje de datos y para indicar que el contenido cuenta con su aprobación; b) Que el método sea tanto confiable como apropiado para el propósito por el cual el mensaje fue generado o comunicado.

Lo dispuesto en este artículo se aplicará tanto si el requisito establecido en cualquier norma constituye una obligación, como si las normas simplemente prevén consecuencias en el caso de que no exista una firma".

Que mediante Resolución 20181000132285 del 4 de octubre de 2018 se delegó en el Director de la Dirección de Administración de Carrera la competencia para expedir todos los actos administrativos requeridos para adelantar la inscripción y actualización del Registro Público de Carrera Administrativa en relación con la movilidad laboral de los...

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