RESOLUCION 0100 NUMERO 0600-0555 DE 2008, octubre 17, por medio de la cual se hace una adición a la Resolución 0100 número 0600-0520 de noviembre 2 de 2007 - 23 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43951920

RESOLUCION 0100 NUMERO 0600-0555 DE 2008, octubre 17, por medio de la cual se hace una adición a la Resolución 0100 número 0600-0520 de noviembre 2 de 2007

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Número de Boletín47151

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, en ejercicio de sus atribuciones legales y, en especial, lo dispuesto en Decreto 93 de 1998, Decreto 0919 de 1998, Ley 99 de 1993, Ley 388 de 1997, y CONSIDERANDO: 1.

Que la CVC a través de la Dirección Técnica Ambiental seguimiento permanente al comportamiento hidroclimatológicos en el Valle del Cauca. 2.

Que por efectos de las inundaciones o avalanchas las obras de protección marginal de los ríos y quebradas del Valle del Cauca se afectan de manera permanente. 3.

Que como consecuencia de la consideración anterior es necesario, llevar a cabo procesos de recuperación de las obras afectadas. 4.

Que mediante la Resolución 0100 número 0600-0520 de noviembre 2 de 2007, la CVC estableció las medidas de intervención ambiental en condiciones de emergencia y las inversiones destinadas para tales fines. 5.

Que es necesario adicionar a la resolución citada, el numeral 9, en el cual quede consignado lo relacionado con las obras de protección marginal a lo largo de los ríos o quebradas que puedan generar vulnerabilidad en la estabilidad de las obras o en la infra- estructura urbana.

Con fundamento en las consideraciones anteriores, elDirector General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, CVC, RESUELVE:

Artículo 1°

Adicionar al artículo 1° de la Resolución 0100 número 0600-0520 de no- viembre 2 de 2007, el numeral 9, el cual establece lo siguiente: 9.

Recuperación de obras de protección marginal de ríos o quebradas.

Esta medida se podrá aplicar cuando una creciente súbita (avenida torrencial) afecte obras de protección marginal a lo largo de ríos o quebradas que puedan generar vulnerabilidad en la estabilidad de las obras con consecuencias de...

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