Resolución número 4558 de 2012, por la cual se Modifica la Resolución 1670 de 2011. - 6 de Agosto de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 393720674

Resolución número 4558 de 2012, por la cual se Modifica la Resolución 1670 de 2011.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín48514
DIARIO OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLVIII No. 48.514 Edición de 32 páginas •฀฀฀Bogotá, D. C., lunes, 6 de agosto de 2012 •฀฀ I S S N 0122-2112
NORMATIVIDAD
Y CULTURA
IMPRENTA
NACIONAL
D E C O L O M B I A
www.imprenta.gov.co
República de Colombia
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
En el territorio Nacional. El valor por concepto de la expedición de pasaportes en el
territorio nacional es:
CLASE TARIFA EN PESOS
Pasaporte ordinario con zona de lectura mecánica 92.000
Pasaporte ejecutivo con zona de lectura mecánica 180.000
Pasaporte de Emergencia 150.000
Pasaporte diplomático con zona de lectura mecánica 92.000
 92.000
Libreta de tripulante terrestre 52.000
Renovación de libreta de tripulante terrestre 26.000
En el Exterior. El valor por concepto de la expedición de pasaportes en el exterior es:
Continente Moneda
Fronterizo con
zona de lectura
mecánica
Ordinario con
zona de lectura
mecánica
Emergencia con
zona de lectura
mecánica
Ejecutivo con
zona de lectura
mecánica
AMÉRICA DÓLARES
AMERICANOS
25 108 150 200
EUROPA EUROS 75 105 140
ASIA, ÁFRICA
Y OCEANÍA
DÓLARES
AMERICANOS
108 150 200
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y se deroga
la resolución 4208 del 19 de julio de 2012.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2012.
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Ángela Holguín Cuéllar.
(C. F.).
MINISTERIO DE HACIENDA
Y CRÉDITO PÚBLICO
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 2237 DE 2012
(agosto 1°)
por la cual se resuelve la promoción de un Acuerdo de Reestructuración
de Pasivos y se designa su Promotor.
La Directora de la Dirección General de Apoyo Fiscal, en uso de sus facultades legales,
en especial de las conferidas por los decretos 4646 de 2006 y 694 de 2000 y la Resolución
número 395 de 2000,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos y 58 de la Ley 550 de 1999
y, por el artículo 125 de la Ley 1116 de 2006, que prorroga la vigencia de aquella, corres-
ponde de manera exclusiva al Ministerio de Hacienda y Crédito Púbico la promoción de los
acuerdos de reestructuración de pasivos que en desarrollo de la Ley 550 de 1999 adelanten
las entidades territoriales.
Que la Resolución 395 de 28 de febrero de 2000 asignó las funciones previstas para el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la Dirección General de Apoyo Fiscal.
Que el doctor Francisco Emiro Álvarez Holguín, en su calidad de Alcalde del muni-
cipio de Maceo (Antioquia), ha presentado solicitud formal de promoción de un acuerdo
de reestructuración de pasivos con el radicado 1-2012-051942, acreditando los requisitos
exigidos para el efecto por el artículo 6° de la Ley 550 de 1999, leyes 922 de 2004 y 1116
de 2006 y el Decreto 694 del 2000.
Que de conformidad con lo señalado por el artículo 2° del Decreto 694 de abril 18 del
2000, la designación de promotores en los acuerdos de reestructuración, previstos en el
Título V de la Ley 550 de 1999, podrá recaer en funcionarios o en quienes estén prestando
LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de ene-
ro 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional de
Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratos
estatales no requieren publicación ante la desaparición del
Diario Único de Contratación Pública”.
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 4558 DE 2012
(agosto 2)
1670 de 2011.
La Ministra de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades constitucionales,
   489 de 1998, Ley 1212 de 2008, Decreto
2107 de 2001 y el Decreto 3355 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 3° “Hecho Generador” de la Ley 1212 de 2008 establece los siguientes
hechos generadores de tasas:
“…
a) Expedición de pasaportes;
b) Expedición de visas;
c) Legalización de documentos que van a producir sus efectos en el exterior;
d) Apostilla;
e) Protocolización de escrituras públicas;
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de su función notarial de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 960
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h) Autenticaciones efectuadas por los cónsules colombianos;
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colombianos por adopción;
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diantes colombianos”.
Que la Resolución 1670 de 2011 estableció las tarifas de las tasas que deben pagar los
usuarios por los servicios que presta el Ministerio de Relaciones Exteriores, con destino al
Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto-ley 019 de 2012, por el cual se
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  se hizo necesaria la expedición de una
nueva regulación frente a la expedición de documentos de viaje colombianos y se dictan
otras disposiciones que sea consecuente con el Decreto 019 de 2012 anteriormente descrito.
Que el 16 de julio de 2012 se expidió el Decreto 1514 de 2012, por el cual se reglamenta
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4208 de 2012.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo 2° de la Resolución 1670 de 2011 el cual quedará así:
Artículo 2°. Tarifas para la expedición de pasaportes:

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