Resolución número 033 de 2007, por la cual se modifica el artículo 12 de la Resolución CREG-119 de 1998. - 11 de Mayo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50454006

Resolución número 033 de 2007, por la cual se modifica el artículo 12 de la Resolución CREG-119 de 1998.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín46625

La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO:

Que segun lo establecido en el articulo 88 de la Ley 143 de 1994, la CREG debe establecer el estatuto de racionamiento que se debera aplicar "cuando el pais se vea abocado ejecutar un racionamiento de energia electrica, ya sea por limitaciones tecnicas o catastrofe natural";

Que la Comision de Regulacion de Energia y Gas mediante Resolucion CREG 217 1997 modificada y complementada por la Resolucion CREG 119 de 1998 expidio el Estatuto de Racionamiento;

Que mediante la Resolucion CREG-002 de 2002, la CREG modifico el articulo 12 de la Resolucion CREG-119 de 1998, para permitir que los Autogeneradores, Cogeneradores Plantas Menores participen transitoriamente en el mercado mayorista de electricidad y tengan la opcion de ofertar precio y cantidad directamente en la Bolsa, ante Racionamientos Programados;

Que mediante comunicacion del 8 de mayo de 2007, radicada en la CREG con el numero E-2007-003783, el Consejo Nacional de Operacion, CON, recomendo a la CREG tomar todas las medidas de caracter urgente con el fin de evitar riesgos en la atencion de la demanda, ante eventos como la salida de centrales de generacion a mantenimiento;

Que analizada la situacion informada por el CNO y su recomendacion, la CREG considera necesario permitir la participacion transitoria en el mercado mayorista de electricidad de Autogeneradores, Cogeneradores y Plantas Menores, asi como el incremento transitorio de capacidad de dichos agentes ante eventos de Racionamientos de Emergencia;

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 1° de la Resolucion CREG-097 de 2004, la presente resolucion no esta sometida a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulaciones previstas en el articulo 9° del Decreto 2696 de 2004, por razones de oportunidad, atendiendo la recomendacion efectuada por el Consejo Nacional de Operacion;

Que en la Sesion numero 329 del 10 de mayo de 2007, la Comision aprobo las disposiciones contenidas en la presente resolucion, RESUELVE:

Articulo 1° Modificacion del articulo 12 de la Resolucion CREG-119 de 1998

El articulo 12 de la Resolucion CREG-119 de 1998, quedara asi: "Articulo 12. Participacion de autogeneradores...

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