Resolución número ö1329 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 01215 del 6 de julio de 2020 'por medio de la cual se reglamenta la administración y operación del Programa de Ingreso Solidario y se adopta su Manual Operativo' y se corrige un yerro formal de la misma - 27 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846943725

Resolución número ö1329 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 01215 del 6 de julio de 2020 'por medio de la cual se reglamenta la administración y operación del Programa de Ingreso Solidario y se adopta su Manual Operativo' y se corrige un yerro formal de la misma

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo Para La Prosperidad Social
Número de Boletín51388

La Directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, Prosperidad Social, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 10 del Decreto 2094 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el parágrafo 3º del Decreto Legislativo 812 de 2020, el Programa de Ingreso Solidario será administrado y ejecutado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, una vez se realicen todos los procedimientos de entrega de la operación de este programa por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Departamento Nacional de Planeación.

Que mediante la Resolución número 01215 del 6 de julio de 2020, se adoptaron las Resoluciones 975 del 6 de abril de 2020, 1022 del 20 de abril de 2020, 1117 del 14 de mayo de 2020 y 1165 del 22 de mayo de 2020 expedidas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para la administración y operación del Programa Ingreso Solidario, así como el Manual Operativo del programa vigente a la fecha de expedición de la presente resolución, además de subrogar todas las referencias normativas en las que figura el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y/o el Departamento Nacional en los que se señalen como administradores, operadores y/o ejecutores del programa Ingreso Solidario, las cuales se entenderán en cabeza del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.

Que mediante la Resolución número 1233 del 10 de junio de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, modificó la Resolución 975 del 6 de abril de 2020, aumentando el número de transferencias de dos (2) a tres (3), cada una por valor de ciento sesenta mil pesos ($160.000) para atender con mayor eficacia las necesidades de los hogares en situación de pobreza y vulnerabilidad en todo el territorio nacional durante la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19. Así mismo, mediante la misma resolución se determinó el mecanismo para el reintegro a la Dirección General de Crédito y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda, de aquellas transferencias monetarias abonadas a beneficiarios a través de cuentas inactivas en los últimos seis meses y respecto de las cuales no se ha retirado la respectiva...

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