Resolución número sspd - 20181000010545 de 2018, por la cual se establece el requerimiento de clasificación y el reporte de la preparación obligatoria a los Prestadores de Servicios Públicos, Sujetos al ámbito de aplicación de la Resolución número 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación - 1 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 704608641

Resolución número sspd - 20181000010545 de 2018, por la cual se establece el requerimiento de clasificación y el reporte de la preparación obligatoria a los Prestadores de Servicios Públicos, Sujetos al ámbito de aplicación de la Resolución número 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación

EmisorSuperintendencias - Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín50522

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el numeral 4 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001, el artículo 13 del Decreto número 990 de 2002, y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009,

CONSIDERANDO:

  1. Que el numeral 4 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, señala como función de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (en adelante la 'Superintendencia'), la de establecer los sistemas uniformes de contabilidad que deben aplicar quienes presten servicios públicos, según la naturaleza del servicio y el monto de sus activos.

  2. Que el Congreso de la República, en ejercicio de su función legislativa, expidió la Ley 1314 de 20091, en cuyo artículo 6º se determinaron como autoridades de regulación, a la Contaduría General de la Nación, en materia de contabilidad pública y a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, y de Comercio, Industria y Turismo, quienes obrando conjuntamente, deben expedir principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de la información.

  3. Que el artículo 10 de la ley en cita, señala que corresponde a las autoridades de supervisión, vigilar que los entes económicos sujetos a su inspección, vigilancia y control, así como sus administradores, funcionarios y profesionales de aseguramiento de información, cumplan con las normas en materia de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información.

  4. Que con fundamento en lo anterior, la Contaduría General de la Nación, en adelante la CGN, expidió la Resolución número 533 del 8 de octubre de 20152, en cuyo artículo 4º determinó el cronograma de aplicación del marco normativo para las entidades de gobierno que se encuentren bajo el régimen de contabilidad pública, dentro del cual se estableció como periodo de preparación obligatoria, el comprendido entre el 8 de octubre de 2015 y el 31 de diciembre de 2016.

  5. Que la disposición aludida fue objeto de modificación, a través de la Resolución 693 del 6 de diciembre de 20163, a través de la cual se amplió el periodo d preparación obligatoria, hasta el 31 de diciembre de 2017, e igualmente e periodo de aplicación, del 1º de enero al 31 de diciembre de 2018.

1 "Por la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, se señalan las autoridades competentes, el procedimiento para su expedición y se determinan las entidades responsables de vigilar su cumplimiento".

2 "Por la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones".

3 "Por la cual se modifica el cronograma de aplicación del Marco Normativo para Entidades de Gobierno, incorporado al Régimen de Contabilidad Pública, mediante la Resolución número 533 de 2015 y la regulación emitida en concordancia con el cronograma de aplicación de dicho Marco Normativo".

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Ámbito de aplicación

La presente resolución es aplicable a quienes tienen la calidad de Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios, en adelante PSPD, conforme a lo dispuesto en las Leyes 142 y 143 de 1994 y demás disposiciones que conforman el Régimen de los servicios...

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