Resolución número sspd-20181000024475 de 2018, por la cual se establecen los plazos para el cargue de información financiera y el informe de Auditoría Externa de Gestión y Resultados - AEGR a 31 de diciembre de 2017 - 15 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 706092269

Resolución número sspd-20181000024475 de 2018, por la cual se establecen los plazos para el cargue de información financiera y el informe de Auditoría Externa de Gestión y Resultados - AEGR a 31 de diciembre de 2017

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín50536

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial de las que le confiere el numeral 4 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001, el artículo 13 del Decreto 990 de 2002, y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 51 de la Ley 142 de 19941, modificado por el artículo 6º de la Ley 689 de 2001, establece que independientemente del control interno, todas las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, están obligadas a contratar una Auditoría Externa de Gestión y Resultados permanente (AEGR), con personas privadas especializadas.

    1 Por la cual se establece el Régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.

  2. Que corresponde a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en adelante la Superintendencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 de la referida ley 142 y 14 de la Ley 689 de 2001, establecer, administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información - SUI, que se surtirá de la información proveniente de los Prestadores de Servicios Públicos Domiciliarios (PSPD), sujetos a su inspección, vigilancia y control.

  3. Que el numeral 4 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, señala como función de la Superintendencia, la de establecer los sistemas uniformes de información y contabilidad que deben aplicar quienes presten servicios públicos, según la naturaleza del servicio y el monto de sus activos.

  4. Que el Congreso de la República, en ejercicio de su función legislativa, expidió la Ley 1314 de 20092, en cuyo artículo 6 se determinaron como autoridades de regulación, a la Contaduría General de la Nación, en materia de contabilidad pública y a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, y de Comercio, Industria y Turismo, quienes obrando conjuntamente, deben expedir...

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