Resolución número sspd - 20181000108925 de 2018, por la cual se establecen los lineamientos y responsabilidad en materia de registro, administración y control del Aplicativo de Sancionados, se modifica una resolución y se deroga otra - 31 de Agosto de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 737870097

Resolución número sspd - 20181000108925 de 2018, por la cual se establecen los lineamientos y responsabilidad en materia de registro, administración y control del Aplicativo de Sancionados, se modifica una resolución y se deroga otra

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín50702

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios (E), en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las contenidas en los artículos y 12 de la Ley 489 de 1998, y en el numeral 34 del artículo del Decreto 990 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 209 y 211 constitucionales, señalan que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y para el cumplimiento de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad e imparcialidad, función que puede desarrollarse a través de la delegación.

Que el artículo 370 de la Constitución Política dispone que, "...corresponde al Presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten", norma desarrollada por la Ley 142 de 1994, en cuyo artículo 75 se determinó que Estas funciones presidenciales se ejercen por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en adelante la Superintendencia, y en especial, del Superintendente y sus delegados.

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 19981 señala que los Superintendentes podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos del nivel directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente y reasumir en cualquier tiempo las competencias delegadas, como bien lo determina el artículo 12 de la misma norma.

Que las funciones de la Superintendencia se encuentran establecidas en el artículo 79 de la Ley 142 de 1994 y las del Superintendente de forma específica en el artículo 7º del Decreto 990 de 2002, normas en las que se dispone que dentro de las competencias del Superintendente, se encuentra la de sancionar a las empresas de servicios públicos domiciliarios que no respondan en forma oportuna y adecuada las quejas de los usuarios o a quienes violen el régimen de los servicios públicos domiciliarios.

Que a través de la Resolución SSPD 0021 del 5 de enero de 20052, el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios delegó la facultad de imponer sanciones a los prestadores de estos servicios, en los Superintendentes Delegados y en la Dirección General Territorial, sanciones que deben ser registradas y controladas por la entidad.

Que con el propósito de contar con una base de datos de los prestadores sancionados por la entidad y en cumplimiento de su función de control, la Superintendencia implementó el aplicativo de "Sancionados" mediante Resolución SSPD 20061300020035 del 13 de junio 2006, fijando las diferentes responsabilidades en materia de registro, administración y control del mismo en distintas dependencias de la entidad y, con posterioridad, se incorporó en el Sistema Integrado de Gestión y Mejora el "InstructivoAplicativo Sancionados" en el que se establecen los lineamientos y aspectos generales de funcionalidad del mismo.

Que actualmente la responsabilidad de la información que...

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