Resolución número sspd - 20191000015155 de 2019, por la cual se acoge el Acuerdo Colectivo suscrito el 22 de mayo de 2019 entre la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Asociación Sindical de Empleados de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (ASESSPU) - 7 de Junio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 791965685

Resolución número sspd - 20191000015155 de 2019, por la cual se acoge el Acuerdo Colectivo suscrito el 22 de mayo de 2019 entre la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Asociación Sindical de Empleados de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (ASESSPU)

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín50977

La Superintendente de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 7º numerales 1, 33 y 34 del Decreto número 990 de 2002, lo dispuesto en el artículo 415 del Código Sustantivo del Trabajo y el Decreto número 1072 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 411 de 1997, aprobó el Convenio Internacional 151 expedido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones del empleo en la administración pública.

Que la Constitución Política de Colombia en sus artículos 38, 39 y 55 señalan como garantías la libertad de asociación, el derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado y el derecho de negociación colectiva para regular las relaciones laborales.

Que los artículos 414 y 415 del Código Sustantivo del Trabajo regulan el derecho de asociación de los sindicatos de empleados públicos y la obligación correlativa de los superiores jerárquicos de recibir a sus representantes y de procurar la adecuada solución de sus solicitudes.

Que el Decreto número 1072 de 2015 compiló el Decreto número 160 de 2014, por el cual se reglamenta la Ley 411 de 1997 aprobatoria del Convenio 151 de la OIT,

en lo relativo a los procedimientos de negociación y solución de controversias con las organizaciones de empleados públicos.

Que el Capítulo 4 del Decreto número 1072 de 2015, regula los aspectos y condiciones relacionados con los sindicatos de empleados públicos.

Que con fundamento en el artículo 2.2.2.4.10 del Decreto número 1072 de 2015, la Asociación Sindical de Empleados de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (ASESSPU) mediante radicado 20195290173002 del 26 de febrero de 2019, presentó a la Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios el documento contentivo del pliego de solicitudes del mejoramiento de las condiciones laborales de los servidores públicos de la Superservicios, el cual fue aprobado por la Asamblea General de

ASESSPU, el 26 de enero de 2019.

Que en virtud de lo anterior, se dio inicio a las negociaciones entre los miembros designados por la administración y los negociadores de la mencionada organización sindical, las cuales fueron celebradas entre el día 4 de abril de 2019 y el día 6 de mayo de 2019, fecha en la cual de común acuerdo se decidió prorrogar el término hasta el día 23 de mayo de 2019.

Con base en lo expuesto el día 22 de mayo de 2019, se realizó la suscripción por parte de los negociadores de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Asociación Sindical de Empleados de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (ASESSPU) del acuerdo colectivo mediante el cual se da solución total al pliego de condiciones 2019, en cada uno de sus capítulos, artículos, incisos, parágrafos, literales y numerales de conformidad con lo señalado en el artículo 2.2.2.4.12 del Decreto número 1072 de 2015.

Que con fundamento en dispuesto en el artículo 2.2.2.4.13 del Decreto número 1072 de 2015, la administración debe dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la suscripción del acta final, y con base en esta, expedir los actos administrativos a que haya lugar, respetando las competencias constitucionales y legales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo Primero Acoger el Acuerdo Colectivo suscrito el 22 de mayo de 2019, por los negociadores de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y la Asociación...

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