Resolución número sspd - 20201000061405 de 2020, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número SSPD 20181300015945 del 22 de febrero de 2018 - 21 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 853655270

Resolución número sspd - 20201000061405 de 2020, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número SSPD 20181300015945 del 22 de febrero de 2018

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín51535

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en particular la que le confiere el parágrafo del artículo 2.1.2.1.23 del Decreto 1081 de 2015 y el numeral 18 del artículo 8 del Decreto 1369 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el Estado deberá facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan, en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación, de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Constitución Política.

Que la función administrativa se encuentra al servicio de los intereses generales y se desarrolla conforme a los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, según lo establecido en el artículo 209 Superior.

Que la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios constitucionales, en particular conforme a los de participación, publicidad y transparencia, de acuerdo con lo indicado en el artículo 3º de la Ley 489 de 1998.

Que los organismos, entidades y personas encargadas del ejercicio de funciones administrativas, deberán ejercerlas con observancia del interés general, al tenor de lo consagrado en el inciso segundo del artículo de la Ley 489 de 1998.

Que, en los términos del artículo 32 de la referida Ley número 489 de 1998, todas las entidades y organismos de la administración pública deberán desarrollar su gestión, de acuerdo con los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública, para lo cual podrán realizar todas las acciones tendientes a involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.

Que, en virtud del principio de participación a que alude el numeral 6 del artículo de la Ley 1437 de 2011, las autoridades promoverán y atenderán las iniciativas de los ciudadanos, organizaciones y comunidades encaminadas a intervenir en los procesos de deliberación, formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.

Que, en atención al numeral 8...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR