Resolución orgánica 5447 - 26 de Enero de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43188478

Resolución orgánica 5447

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín45075

El Contralor General de la República, en uso de las facultades constitucionales, legales, y en especial, las conferidas por los artículos y de la Ley 598 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el legislador mediante la Ley 598 de 18 de julio de 2000, creó el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, el Catálogo Unico de Bienes y Servicios, CUBS, y el Registro Unico de Precios de Referencia, RUPR, otorgando facultades al Contralor General de la República para establecer su organización y funcionamiento;

Que mediante la Resolución 05313 de febrero 28 de 2002 se reglamentó la organización y funcionamiento del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE;

Que los artículos y 59 de la Resolución 05313 de febrero 28 de 2002 establecieron diferentes niveles con el fin de permitir un ingreso escalonado de las entidades del Estado al SICE;

Que en la etapa inicial del SICE, ingresaron al sistema las entidades públicas del nivel central que ejecutan su presupuesto en línea con el SIIF, con las cuales se realizó la prueba piloto;

Que mediante Resolución 05373 de fecha julio 19 de 2002 se modificó el literal b) del artículo 59 de la Resolución 05313 de febrero 28 de 2002, en el sentido que a partir del 1° de enero de 2003 ingresarían al Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, los Establecimientos Públicos del Orden Nacional, las Superintendencias con personería jurídica y las Unidades Administrativas Especiales con personería jurídica;

Que con el fin desarrollar un ingreso de las entidades del Estado al Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, en función de lo que compran, se hace necesario reprogramar la vigencia escalonada de estas,

RESUELVE:

Artículo 1° El artículo 9° de la Resolución 05313 de febrero 28 de 2002 quedará así:

¿Artículo 9°. Organización de las entidades públicas. Para el ingreso de las entidades públicas contratantes al Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, se agruparán de acuerdo con los criterios que establezca la Contraloría General de la República, teniendo en cuenta el siguiente ingreso escalonado:

  1. Grupo I: A partir del 1° de abril del año 2002, ingres an al Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, las entidades y unidades ejecutoras, que se encuentran vinculadas al Sistema Integrado de Información Financiera- SIIF-Nación, clasificadas de acuerdo con la sectorización establecida por la Contraloría General de la República para su fiscalización, y cuyas unidades ejecutoras son:

    NOMBRE DE LA ENTIDAD NOMENCLATURA O UNIDAD EJECUTORA PRESUPUESTAL

    1. Sector gestión pública e instituciones financieras

      1.1 Senado de la República 01 01 01 000

      1.2 Cámara de Representantes 01 01 02 000

      1.3 Departamento Administrativo de la Presidencia de la República 02 01 01 000

      1.4 Plan Nacional de Desarrollo Alternativo, Plante 02 01 01 0003

      1.5 Plan Colombia ¿ Fondo de Inversiones para la Paz, FIP 02 01 01 0004

      1.6 Departam ento Nacional de Planeación 03 01 01 000

      1.7 Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE 04 01 01 000

      1.8 Departamento Administrativo de la Función Pública 05 01 01 000

      1.9 Ministerio del Interior 10 01 01 000

      1.10 Ministerio de Relaciones Exteriores 11 01 01 000

      1.11 Ministerio de Hacienda y Crédito Público 13 01 01 000

      1.12 Superintendencia de Valores 13 01 11 000

      1.13 Contaduría General de la Nación 13 08 0 000

      NOMBRE DE LA ENTIDAD NOMENCLATURA O UNIDAD EJECUTORA PRESUPUESTAL

      1.14 Registraduría Nacional del Estado Civil 28 01 01 000

    2. Sector Defensa, Justicia y Seguridad

      2.1 Departamento Administrativo de Seguridad, DAS 06 01 01 000

      2.2 Ministerio de Justicia 12 01 01 000

      2.3 Unidad Administrativa Especial Fondo de Inversión Carcelaria, FIC 12 01 08 000

      2.4 Ministerio de Defensa 15 01 01 000

      2.5 Fondo Nacional para la Defensa y Seguridad de la Libertad Personal, ¿Fondelibertad¿ 15 01 01 F

      2.6 Dirección General Marítima, Dimar 15 01 01 M

      2.7 Comando General de las Fuerzas Militares 15 01 02 000

      2.8 Ejército...

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