Resolución orgánica número 002 de 2016, por la cual se constituyen dos (2) cajas menores para la Auditoría General de la República - 26 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 601045050

Resolución orgánica número 002 de 2016, por la cual se constituyen dos (2) cajas menores para la Auditoría General de la República

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Auditoría General de la República
Número de Boletín49798

El Auditor General de la República, en ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las contenidas en el Decreto-ley 272 de 2000, el Estatuto Orgánico del Presupuesto, el Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Auditoría General de la República es el órgano instituido para ejercer la vigilancia y el control de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y las Contralorías Territoriales, por lo que el Decreto número 272 de 2000, artículo 3º, señala que le corresponde a aquella coadyuvar a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el control de la gestión fiscal, dotado de autonomía jurídica, administrativa, contractual y presupuestal;

Que de Conformidad con lo establecido en el artículo 2.8.5.2 del Decreto número 1068 de mayo 26 de 2015, el jefe de cada uno de los órganos que conforman el Presupuesto General de la nación, como es el caso de la Auditoría General de la República, debe constituir las cajas menores para cada vigencia fiscal, mediante resolución en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad, la clase de gastos que se pueden realizar y de igual manera se debe indicar la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal;

Que el artículo 2.8.5.3 del decreto en comento, dispuso, que el representante legal de acuerdo con los requerimientos de la entidad, deberá establecer el número de cajas menores y autorizar su creación, con base en las reglas establecidas en esa norma, con la correspondiente justificación técnica y económica;

Que de acuerdo con el artículo 2.8.5.4 del Decreto número 1068 de mayo 26 de 2015, a la Auditoría General de la República le corresponde la siguiente clasificación para determinar la cuantía de las Cajas Menores, la cual es específicamente para atender los gastos urgentes que demanda la Entidad y que de acuerdo con el presupuesto vigente, se encuentra dentro del límite señalado.

Presupuesto vigente en la vigencia 2016 $29.371.617.519
Equivalente en smlmv 42.601
Cuantía máxima de cada una de las Cajas Menores $27.578.200

Que la Auditoría General de la República desarrolla sus funciones a través de un nivel central y un nivel desconcentrado. El primero tiene su sede en la ciudad de Bogotá, D. C., y el segundo está conformado por diez (10) gerencias seccionales, con sedes en las ciudades de Medellín, Bogotá, Cali, Bucaramanga, Barranquilla, Neiva, Armenia, Cúcuta, Villavicencio y Montería;

Que para atender los gastos urgentes, en adquisición de bienes y servicios y lo relacionado con pasajes y viáticos en el nivel central, es necesario constituir dos (2) cajas menores, por los siguientes valores determinados con base en el análisis de la ejecución de gastos por cajas menores en la vigencia anterior y la proyección de gastos mensuales que se consideran con carácter de urgentes y que garantizan el normal funcionamiento de la entidad, para ser sufragados a través de estas cajas menores:

  1. Una (1) caja menor para atender gastos de viáticos y pasajes, por un valor de veinticuatro millones seiscientos mil pesos ($24.600.000.00) moneda corriente, con cargo al presupuesto gastos de funcionamiento, gastos generales, adquisición de bienes y servicios.

  2. Una (1) caja menor para adquisición de bienes y servicios para el Nivel Central, por valor de ocho millones de pesos...

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