Resolución reglamentaria número 012 de 2018, por la cual se suspenden términos en las actuaciones administrativas de la Auditoría General de la República por el disfrute del día 6 de agosto de 2018 autorizado mediante Circular Interna número 12 de 2018
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Auditoría General de la República |
Número de Boletín | 50677 |
El Auditor General de la República, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto-ley 272 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que la Auditoría General de la República es el órgano instituido para ejercer la vigilancia y el control de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República y las Contralorías Territoriales, por lo que el Decreto-ley 272 de 2000, artículo 3º, señala que le corresponde coadyuvar a la transformación, depuración y modernización de los órganos instituidos para el control de la gestión fiscal, mediante la promoción de los principios, finalidades y cometidos de la función administrativa consagrados en la Constitución Política, el fomento de la cultura del autocontrol y el estímulo de la participación ciudadana en la lucha para erradicar la corrupción, de conformidad con la normatividad vigente;
Que mediante Resolución Orgánica número 0006 de 2010 se establecieron los lineamientos para la expedición de las Resoluciones al interior de la entidad y en sus Capítulos III y IV se regula la expedición de las Resoluciones Reglamentarias;
Que el artículo sexto de la Resolución Orgánica número 0006 de 2010 establece el procedimiento para la expedición de las Resoluciones Orgánicas y Reglamentarias, y al tenor estipula: "Las Resoluciones Orgánicas y Reglamentarias son suscritas por el Auditor General, previa elaboración por parte de la dependencia competente, según el caso, y la revisión de la Oficina Jurídica (...)";
Que mediante Circular Interna número 12 de 2018 expedida el 24 de julio de los corrientes por la Secretaría General se informó que: ""El doctor Carlos Hernán Rodríguez Becerra, Auditor General de la República, ha decidido conceder a los servidores de la entidad, el día lunes 6 de agosto de 2018. Que en virtud de lo anterior, y con el fin de hacer uso del día concedido, les informó los parámetros que deberán tener en cuenta para su disfrute: 1. Los funcionarios empezaran a compensar a partir del día 25 de julio de 2018, una (1) hora diaria, quedando el horario laboral de 7:30 a. m. a 5:30 p. m., hasta el día 3 de agosto de 2018, inclusive. 2. Quienes tienen concedido horario especial, lo harán al finalizar de su horario habitual. 3. La Dirección de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba