Resolución reglamentaria orgánica número reg-org-0014-2017 de 2017, por la cual se adopta la Guía de Auditoría de Cumplimiento como instrumento de control fiscal posterior y selectivo, en el marco de las Normas Internacionales de Auditoría para las Entidades Fiscalizadoras Superiores - ISSAI - 14 de Junio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 683138805

Resolución reglamentaria orgánica número reg-org-0014-2017 de 2017, por la cual se adopta la Guía de Auditoría de Cumplimiento como instrumento de control fiscal posterior y selectivo, en el marco de las Normas Internacionales de Auditoría para las Entidades Fiscalizadoras Superiores - ISSAI

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín50264

El Contralor General de la República, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en el artículo 268 de la Constitución Política y el artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 119 de la Constitución Política establece que la Contraloría General de la República tiene a su cargo la vigilancia de la gestión fiscal y el control de resultado de la administración.

Que el artículo 267 de la Constitución dispone que el control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación; dicho control se ejercerá en forma posterior y selectiva conforme a los procedimientos, sistemas y principios que establezca la ley.

Que el inciso 3º ibídem señala que "la vigilancia de la gestiónfiscal del Estado incluye el ejercicio de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales. En los casos excepcionales previstos por la ley, la Contraloría podrá ejercer control posterior sobre cuentas de cualquier entidad territorial".

Que el artículo 268 de la Constitución Política establece la atribución constitucional que tiene el Contralor General de la República, para prescribir los métodos y la forma de rendir cuenta los responsables del manejo de fondos o bienes de la Nación e Indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse; revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario y determinar el grado de eficiencia, eficacia y economía con que haya obrado y dictar normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial, entre otras.

Que el artículo 5º del Decreto-ley 267 de 2000, en sus numerales 1 y 2 establece que para el cumplimiento de su misión y de sus objetivos, en desarrollo de las disposiciones consagradas en la Constitución Política, le corresponde a la Contraloría General de la República ejercer la vigilancia de la gestión fiscal del Estado a través, entre otros, de un control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales y ejercer la vigilancia de la gestión fiscal conforme a los sistemas de control, procedimientos y principios que establezcan la ley y el Contralor General de la República mediante resolución.

Que el artículo 34 del Decreto-ley 267 de 2000 establece que los sistemas de planeación, ejecución y control de la vigilancia...

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