Resolución Reglamentaria Organizacional Número OGZ 773 de 2020, por la cual se crean unos grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio - 4 de Enero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 855553664

Resolución Reglamentaria Organizacional Número OGZ 773 de 2020, por la cual se crean unos grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan normas para reglamentar su ejercicio

EmisorVarios - Contraloría General de la República
Número de Boletín51547

El Contralor General de la República (e), en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en los numerales 2 y 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, en el artículo T del Decreto Ley 269 de 2000 y en el artículo 2º del Decreto Ley 1755 de 2020,

CONSIDERANDO:

Que el Acto Legislativo número 04 de 2019, por medio del cual se reforma el régimen de control fiscal, publicado en el Diario Oficial número 51.080 del 18 de septiembre de 2019, modificó los artículos 267, 268, 271, 272 y 274 de la Constitución Política.

Que la reforma al modelo de control fiscal que introdujo el Acto Legislativo 04 de 2019, se concreta para la Contraloría General de la República en: i) la ampliación de los sujetos y objetos de vigilancia y control; ii) el control fiscal preventivo y concomitante, además del posterior y selectivo, a través del seguimiento permanente al recurso público; y iii) la prevalencia en el control fiscal ejercido por las contralorías territoriales.

Que por su parte el artículo 361 de la Constitución Política, modificado por el artículo 10 del Acto Legislativo 5 de 2019, publicado en el Diario Oficial número 51.178 de 26 de diciembre 2019, establece que los ingresos corrientes del Sistema General de Regalías se destinarán a la financiación de proyectos de inversión que contribuyan al desarrollo social, económico, y ambiental de las entidades territoriales, igualmente determina cómo se distribuirán los recursos conforme a dichos propósitos.

Que la Ley 2056 de 2020 por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías en el marco de las modificaciones introducidas por el Acto Legislativo 05 de 2019, establece en su artículo 183 que en desarrollo de sus funciones constitucionales y legales, la Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia y el control fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías, para lo cual el Sistema de Seguimiento, Evaluación y Control implementará mecanismos de acceso, metodologías y procedimientos necesarios para proveer información pertinente y oportuna al organismo de control.

Que el parágrafo primero del citado artículo, establece que la Contraloría General de la República para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones de vigilancia y control fiscal, podrá contar con una planta temporal, financiada con el porcentaje de recursos asignado en el artículo 361 de la Constitución Política y los que se asignen de los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías. Y para el efecto confirió en el parágrafo segundo del artículo 183 de la Ley 2056 de 2020, facultades extraordinarias al Presidente de la República, para crear empleos en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República, con el propósito de efectuar los ajustes requeridos de acuerdo a las disponibilidades presupuéstales, de conformidad con lo establecido en el artículo 150, numeral 10, de la Constitución Política.

Que mediante el artículo 10 del Decreto Ley 1755 de 23 de diciembre de 2020, se crean en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, desde el Io de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022, trescientos cuarenta (340) empleos conforme a las siguientes denominaciones: cuarenta (40) empleos de contralor delegado intersectorial Grado 04; treinta (30) empleos de contralor provincial grado 01; cuarenta (40) empleos de asesor de despacho grado 02; doscientos (200) empleos de profesional universitario grado 01; y treinta (30) empleos de auxiliar administrativo grado 03.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2º del citado Decreto Ley 1755 de 2020, el Contralor General de la República podrá crear y organizar los empleos creados, en grupos internos de trabajo y designar su coordinador, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas orientados a la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

Que igualmente, el artículo 4º del Decreto Ley 271 de 2000 faculta al Contralor General de la República para crear y organizar Grupos Internos de Trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas, programas y proyectos de la Entidad;

Que el numeral 2 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de adoptar las políticas, planes programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley.

Que del mismo modo el numeral 4 del precitado artículo, dispone como función del Contralor General de la República la de dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República.

Que de conformidad con el artículo 6º del Decreto Ley 267 de 2000 corresponde al Contralor General de la República, en el marco de su autonomía administrativa y en armonía con los principios consagrados en la Constitución definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones.

Que el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018, mediante el cual se creó una planta global de duración temporal desde el 10 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020 en la Contraloría General de la República para fortalecer la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en Sentencia C-483 de 2020, cuyos efectos se difieren a partir del 10 de enero de 2021.

Que el precitado artículo disponía que, para el cumplimiento de las funciones de vigilancia y control fiscal de los recursos de regalías, la Contraloría General de la República contaba en su estructura con la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías y con la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, en consecuencia, con la declaratoria de inexequibilidad se hace necesario disponer una nueva organización para asumir las funciones atribuidas a dichas unidades.

Que para el adecuado y oportuno ejercicio de la función de vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías y el efectivo desarrollo de los procesos de responsabilidad fiscal que de ello se deriven, este Despacho mediante el presente acto administrativo, procede a crean unos grupos internos de trabajo y se dictan normas para reglamentar el ejercicio de dicha función a cargo de la Contraloría General de la República en el marco de un nuevo modelo constitucional para la vigilancia y control fiscal.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto

El objeto de la presente resolución es crear los grupos internos de trabajo para la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, en los cuales se distribuirán principalmente los empleos creados en la planta global de duración temporal de la Contraloría General de la República mediante el Decreto Ley 1755 del 23 de diciembre de 2020, se establecen sus actividades y responsabilidades, las reglas de actuación, e interacción de los funcionarios que integran dichos grupos y se dictan otras normas generales para reglamentar el ejercicio de la función la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías.

Artículo 2º Campo de aplicación

La presente resolución aplica a todas las dependencias, empleos, servidores, procesos administrativos y misionales de la...

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