Sentencia de 2016. Caso Yarce y Otras vs. Colombia. (Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones Costas) - 14 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 665310469

Sentencia de 2016. Caso Yarce y Otras vs. Colombia. (Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones Costas)

EmisorVarios - Corte Interamericana de Derechos Humanos
Número de Boletín50147

RESUMEN OFICIAL EMITIDO POR LA CORTE INTERAMERICANA

El 22 de noviembre de 2016 la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una Sentencia en la que declaró responsable a la República de Colombia por: i) la detención ilegal y arbitraria de las defensoras de derechos humanos María del Socorro Mosquera Lon-doño, Mery del Socorro Naranjo Jiménez y Ana Teresa Yarce; ii) la violación al derecho a la vida de Ana Teresa Yarce, incumpliendo su deber de prevenir actos de violencia contra la mujer, y iii) no adoptar medidas adecuadas para propiciar el retorno seguro a sus lugares de residencia de las dos primeras, así como de las defensoras de derechos humanos Luz Dary Ospina Bastidas y Miryam Eugenia Rúa Figueroa, y de los familiares de estas dos últimas y de la señora Mosquera que se encontraban en una situación de desplazamiento forzado intraurbano, quienes se indican más adelante, y no adoptar las medidas para proteger sus viviendas y garantizar el uso y disfrute del derecho de propiedad.

I. Hechos

En 2002 existía en Colombia un conflicto armado interno. En ese marco, el 11 de agosto de 2002 el Poder Ejecutivo emitió el Decreto número 1837, mediante el cual declaró un "estado de conmoción interior", que luego de diversas prórrogas, mantuvo vigencia hasta el 6 de mayo de 2003. En desarrollo de ese estado de excepción, el 11 de septiembre de 2002 se publicó el Decreto número 2002, "por el cual se adopta[ro]n medidas para el control del orden público".

Durante 2002, con el objeto de retomar el control territorial, el Estado llevó a cabo varios operativos militares en la Comuna 13 de la ciudad de Medellín, donde a lo largo de las últimas tres décadas se han registrado ciclos de violencia como consecuencia de las confrontaciones entre grupos armados ilegales. En particular, el operativo denominado Orión, que inició el 16 de octubre de ese año, causó el debilitamiento de la presencia guerrillera en la Comuna 13, mas no trajo aparejado el fin de la presencia y actividad de todos los grupos armados ilegales. Como consecuencia de las amenazas y los enfrentamientos armados que se generaron en el territorio se produjo un fenómeno de desplazamiento intraurbano, en que muchas personas se vieron forzadas a desplazarse a diferentes zonas de Medellín.

Por otra parte, para 2001 existía un contexto de violencia habitual, generalizada y sistemática en perjuicio de las mujeres, quienes, para 2002, se veían afectadas por el conflicto armado, y en particular, en caso de las mujeres desplazadas que se encontrarían en una situación de especial vulnerabilidad. Igualmente, en la Comuna 13 las mujeres fueron afectadas especialmente por la violencia y por el fenómeno del desplazamiento intraurbano. Además, existía contexto de violencia en perjuicio de las mujeres defensoras de derechos humanos en Colombia, y según se ha documentado, líderes y representantes comunitarios de la Comuna 13 se hallaban en una situación de riesgo.

Hechos relativos a la señora Rúay sus familiares.

La señora Rúa, sus hijas y su compañero permanente se vieron obligados a dejar la Comuna 13 entre el 24 y 26 de junio de 2002. Ello fue motivado, según declaró ella, por enfrentamientos en el lugar y porque le comentaron que su nombre estaba en un listado de personas que los paramilitares pretendían asesinar. El 8 de julio de 2002 presentó una denuncia penal por el desplazamiento, refiriendo también que su casa había sido ocupada por paramilitares y luego destruida. La investigación estuvo suspendida en dos oportunidades y de acuerdo a información con que cuenta la Corte, se encuentra en etapa de instrucción. Por otra parte, la señora Rúa solicitó su inscripción en el "Registro Único de Desplazados" (RUD) en varias oportunidades desde 2002 hasta el 2010, sin lograrlo, aun cuando presentó dos acciones de tutela y el 6 de marzo de 2014 se ordenó su inscripción como desplazada. El 16 de abril de 2007 el Estado le asignó un monto de ayuda humanitaria. La señora Rúa no ha podido reanudar sus actividades en la JAC, y ella y sus familiares viven actualmente en un municipio cercano a la ciudad de Medellín.

Hechos relativos a la señora Ospina y sus familiares.

El 12 de noviembre de 2002 la señora Ospina se fue del barrio con su esposo y sus tres...

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