Sentencias - 9 de Octubre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242626

Sentencias

EmisorCorte Constitucional
Número de Boletín46416

Notificadas del 14 de junio al 20 de septiembre de 2006

¿ Sentencia C-475 de 2006 (Expediente D-6061)

Doctor Jaime Córdoba Triviño.

Primero. Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-041 de 2006, a través de la cual la Corte Constitucional resolvió declarar exequibles las expresiones ¿únicamente a los trabajadores, pensionados, independientes y desempleados afiliados a la Caja de Compensación Familiar¿ y ¿el 70% para vivienda de interés social tipos 1 y 2 y el 30% para educación y libre inversión, excepto para la adquisición de bonos o cualquier otro tipo de títulos de deuda pública¿ del ordinal 4°, literal 14.2, numeral 14 adicionado al artículo 16 de la Ley 789 de 2002 por el artículo 1° de la Ley 920 de 2004. Adicionalmente, declaró exequibles las expresiones ¿En virtud del principio constitucional de la democratización del crédito el 80% del valor total de los créditos otorgados estará destinado para aquellas personas que devenguen hasta tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes¿ del ordinal 6° del literal 14.2, numeral 14 adicionada al artículo 16 de la Ley 789 de 2003 por el artículo 1° de la Ley 920 de 2004. Finalmente, declaró exequible el parágrafo del artículo 2° de la Ley 920 de 2004, por los cargos estudiados en dicha demanda. En Consecuencia, en el presente proceso, la Corte deberá estarse a la sentencia citada respecto de los artículos mencionados.

Segundo. Declarar exequible el trámite dado al proyecto de ley que dio origen a la Ley 920 de 2004, en cuanto se refiere a la competencia de las Comisiones Séptimas de Senado y Cámara para conocer de dicho proyecto en primer debate legislativo.

Tercero. Declarar exequible el parágrafo del numeral 14.8 adicionado al artículo 16 de la Ley 789 de 2003 por el artículo 1° de la Ley 920 de 2004 y el artículo 4° de la Ley 798 de 2003 en cuanto respecta a la presunta vulneración del principio de unidad de materia.

Cuarto. Declarar exequible el artículo 3° de la Ley 789 de 2003 por el cargo referido a la presunta vulneración del derecho de asociación consagrado en el artículo 39 de la Constitución.

Quinto. Declararse inhibida para conocer de los restantes cargos de la demanda, por las razones aportadas en la parte motiva de la presente providencia.

Catorce (14) de junio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-476 de 2006 (Expediente D-6081)

Doctor Alvaro Tafur Galvis.

Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-370 de 2006, Magistrados Ponentes: Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra, Alvaro Tafur Galvis y Clara Inés Vargas Hernández, que declaró inexequible el artículo 70 de la Ley 975 de 2005 ¿por la cual se dictan disposiciones para la reincorporaci ón de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios¿ por vicios de procedimiento en su formación.

Catorce (14) de junio del año dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-506 de 2006 (Expediente D-5984)

Magistrada Clara Inés Vargas Hernández.

RESUELVE:

Primero. Declarar la exequibilidad de los artículos y 15 de la Ley 91 de 1989, por el cargo de violación del principio de unidad de materia.

Segundo. Declarar la exequibilidad, por los cargos examinados, de las expresiones ¿aplicables a dicho personal¿ del parágrafo del artículo 2°; ¿Los docentes nacionales y los que se vinculen a partir del 1° de enero de 1990, para efecto de las prestaciones económicas y sociales se regirán por las normas vigentes aplicables a los empleados públicos del orden nacional, Decretos 3135 de 1968, 1848 de 1969 y 1045 de 1978, o que se expidan en el futuro, con las excepciones consagradas en esta ley¿ del inciso 2° del numeral 1 del artículo 15; y ¿sólo¿ y ¿del régimen vigente para los pensionados del sector público nacional¿ del literal ¿B¿ del numeral 2 del artículo 15 de la Ley 91 de 1989.

Bogotá, D. C., seis (6) de julio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-507 de 2006 (Expediente D-6063)

Magistrado Alvaro Tafur Galvis.

RESUELVE:

Declarar exequible, exclusivamente por el cargo analizado, el artículo 40 del Decreto-ley 1798 de 2000, ¿por el cual se modifican las Normas de Disciplina y Etica para la Policía Nacional¿.

Seis (6) de julio del año dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-508 de 2006 (Expediente D-6064)

Doctor Alvaro Tafur Galvis.

RESUELVE:

Declarar exequible, por el cargo analizado, el literal b) del artículo 21 de la Ley 105 de diciembre 30 de 1993 tal como quedó modificado por el artículo 1° de la Ley 787 de 2002, ¿por la cual se modifica parcialmente el artículo 21 de la Ley 105 de diciembre 30 de 1993¿.

Seis (6) de julio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-509 de 2006 (Expediente D-6066)

Magistrada Clara Inés Vargas Hernández.

RESUELVE:

Primero. A. Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-046 de 2006, que dispuso: ¿Declarar exequibles, por los cargos analizados, las expresiones `única instancia de los procesos cuyas cuantías sean hasta de¿, `500¿, y ¿salarios mínimos legales mensuales previstos en el artículo 42, según el caso¿ contenidas en el segundo inciso del parágrafo del artículo 164 de la Ley 446 de 1998 tal como quedó modificado por el artículo 1° de la Ley 954 de 2005, ¿por medio de la cual se modifican, adicionan y derogan algunos artículos de la Ley 446 de 1998 y del Código Contencioso Administrativo, y se dictan otras disposiciones sobre competencia, descongestión, eficiencia y acceso a la administración de justicia¿.

  1. Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-474 de 2006, que dispuso: ¿Declarar exequibles, únicamente por los cargos estudiados en esta sentencia, las expresiones `y¿ y `cuando la cuantía exceda de los montos¿ (sic), contenidas en el segundo inciso del parágrafo del artículo 164 de la Ley 446 de 1998, modificado por el artículo 1° de la Ley 954 de 2005¿.

Segundo. Declarar exequibles las expresiones ¿Las normas de competencia previstas en esta ley se aplicarán, mientras entran a operar los Juzgados Administrativos, así: Los Tribunales Administrativos conocerán ¿100, 300, ¿ y 1.500¿, contenidas en el parágrafo del artículo 1°, parcial, de la Ley 954 de 2005.

Tercero. Inhibirse de fallar de fondo por ineptitud sustancial de la demanda sobre las expresiones ¿en primera instancia ¿y por razón de la cuantía, previstas en el artículo 43 de la Ley 446 de 1998, regirán a partir de la vigencia de la presente ley¿, contenidas en el parágrafo del artículo 1°, parcial, de la Ley 954 de 2005.

Seis (6) de julio de dos mil seis (2006).

¿ Sentencia C-528 de 2006 (Expediente D-6096)

Magistrada Clara Inés Vargas Hernández.

RESUELVE:

Inhibirse para proferir fallo de fondo respecto de la demanda incoada por el ciudadano Luis Francisco Quesada Osorio contra el artículo 85, numeral 6 (parcial) del Decreto 262 de 2000, por ineptitud sustancial de la demanda.

Doce (12) de julio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-529 de 2006 (Expediente D-6119)

Presidente Jaime Córdoba Triviño.

RESUELVE:

Primero. Declarar exequible la expresión ¿las sociedades de economía mixta¿ contenida en el artículo 2º de la Ley 42 de 1993.

Doce (12) de julio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-530 de 2006 (Expediente D-6114)

Magistrado Jaime Araújo Rentaría.

RESUELVE:

Declarar exequibles los apartes demandados contenidos en los Artículos 99 y 101 de la Ley 100 de 1993, por los cargos examinados en esta sentencia.

Doce (12) de julio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-532 de 2006 (Expediente D-6117)

Magistrado Alvaro Tafur Galvis.

RESUELVE:

Declarar exequibles las expresiones ¿En la Comisión Nacional de Televisión¿ que hacen parte del literal b) del numeral 1 del artículo de la Ley 909 de 2004 ¿por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, la gerencia pública y se dictan otras disposiciones¿.

Doce (12) de julio del año dos mil seis (2006)

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¿ Sentencia C-533 de 2006 (Expediente D-6041)

Magistrado Humberto Antonio Sierra Porto.

RESUELVE:

Primero. Declararse inhibida para pronunciarse de fondo sobre la demanda presentada contra el artículo 34 (parcial) de la Ley 715 de 2001 y contra el parágrafo del artículo 13 del Decreto-ley 1278 de 2002 por inepta demanda.

Doce (12) de julio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-534 de 2006 (Expedientes D-6097, D-6098 y D-6099)

Magistrada Clara Inés Vargas Hernández.

RESUELVE:

Inhibirse de proferir un fallo de fondo respecto del artículo 2° del Decreto 1355 de 1970, por ineptitud sustancial de la demanda.

Doce (12) de julio de dos mil seis (2006).

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¿ Sentencia C-535 de 2006 (Expediente D-6110)

Magistrada Clara Inés Vargas Hernández.

RESUELVE:

Declarar exequible, por los cargos examinados, la expresión ¿centros educacionales¿ contenida en el literal b), del numeral 1, del artículo 384 de la Ley 599 de 2000.

Doce (12) de julio de dos mil seis (2006).

¿ Sentencia C-536 de 2006 (Expediente D-6067)

Doctor Humberto Antonio Sierra Porto.

Primero. Declarar exequible la expresión ¿certificados sobre los antecedentes judiciales de nacionales o extranjeros residentes en el país¿ contenida en el artículo 1º de la Ley 961 de 2005, por los cargos examinados en la presente decisión.

Segundo. Declarar exequible el numeral 1 del literal a) del...

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