Sentencias - 31 de Enero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43246116

Sentencias

EmisorCorte Constitucional
Número de Boletín46528

notificadas el 23 de enero de 2007

¿ Sentencia C-018 de 2007

Magistrado Ponente Nilson Pinilla Pinilla.

Norma Demandada: Ley 14 de 1983 artículo 36 parcial/Decreto 1333 de 1986 artículo 199 parcial.

RESUELVE:

Primero. Estarse a lo resuelto en la Sentencia C-220 de 1996, que declaró exequible la expresión ¿o análogas¿ contenida en los artículos 36 de la Ley 14 de 1983 y 199 del Decreto 1333 de 1986.

Segundo. Declara exequible la expresión ¿y afines¿ contenida en los artículos 36 de la Ley 14 de 1983 y 199 del Decreto 1333 de 1986.

* * *

¿ Sentencia C-019 de 2007

Magistrado Ponente Jaime Araújo Rentería.

Norma Demandada: Código Civil artículo 2495 numeral 6.

RESUELVE:

Declara exequible, por los cargos examinados en esta sentencia, el numeral 6) del artículo 2495 del Código Civil.

¿ Auto A 031 de 2006

Magistrado Ponente Alvaro Tafur Galvis.

Norma Demandada: Ley 1037 de 2006, por medio de la cual se aprueba la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, aprobada en la Conferencia General de la Unesco, en su 32ª Reunión celebrada en París y clausurada el 17 de octubre de 2003.

RESUELVE:

Primero. Por Secretaría General de la Corte Constitucional, devuélvase a la Presidencia de la Cámara de Representantes la Ley 1037 de 2006, ¿por medio de la cual se aprueba la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial¿, aprobada en la Conferencia General de la Unesco en su 32 Reunión en París el 17 de octubre de 2003, con el fin de que tramite el saneamiento del vicio de procedimiento detectado en esta providencia.

Segundo. Concédase a la Comisión Segunda Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes el término de 30 días, contados a partir de la notificación de este Auto en la Presidencia de la misma, para que subsane el vicio detectado en esta providencia.

Tercero. Una vez subsanado el vicio a que se refiere la parte considerativa de esta providencia, la Cámara de Representantes dispondrá hasta el 20 de junio de 2007 para cumplir las etapas posteriores del proceso legislativo. Luego, el Presidente de la República...

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