Resolución Número 0180 de 2008, septiembre 24, por la cual se adjudica un terreno baldío - 28 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43952023

Resolución Número 0180 de 2008, septiembre 24, por la cual se adjudica un terreno baldío

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín47156

El Director Territorial de Arauca del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - Incoder, en ejercicio de las facultades legales y estatutarias, en especial las previstas en el artículo 209 de la Constitución Política Nacional, numeral 8 del artículo 21 y artículo 154 de la Ley 1152 de 2007, Decreto 230 de 2008, numeral 8 del artículo 4o y numerales 2 y 6 del artículo 24 del Decreto 4902 de 2007 y la Resolución de Gerencia General número 205 de 2008, y CONSIDERANDO: Que María Cristina González Motta, identificada con cédula de ciudadanía número 30021585 expedida en Puerto Rondón - Arauca, en su condición de ocupante presentó ante el Incoder, el día 26 de julio de 2006, solicitud de adjudicación de un terreno baldío denominado El Respiro, ubicado en la vereda La Correa , jurisdicción del Municipio de Puerto Rondón, Departamento de Arauca, con un área de ochocientas (800) hectáreas (folio 1).

Mediante auto de fecha trece (13) de octubre de 2006, la Oficina de Enlace Territorial nú- mero 8 aceptó dicha solicitud y ordenó iniciar los procedimientos tendientes a la titulación del predio, para lo cual se conformó el expediente radicado bajo el número 8450746 y se ordenó practicar la diligencia de inspección ocular al predio objeto de solicitud de adjudicación, para el día veintitrés (23) de noviembre de 2006 a las 9:00 a.

m. (folio 6).

Para dar cumplimiento a lo contemplado en el Decreto 982 de 1996, el trece (13) de octubre de 2006, se hizo la publicación en el Boletín del Programa de Titulación de Baldíos (folio 7), se fijó el aviso, en las oficinas del Incoder y en la Alcaldía Municipal de Puerto Rondón, por un término de 5 días hábiles (folios 8 y 9), el mismo aviso se publicó por dos veces, con intervalo no menor de cinco (5) días calendario, en la emisora radial La Voz del Cinaruco (folio 10).

Mediante oficio de fecha trece (13) de octubre de 2006, se comunicó a la Corporación Au- tónoma Regional de la Orinoquia, Corporinoquia sede Arauca y al Ministerio Público, el auto de aceptación de la solicitud (folios 11 y 12).

En la fecha y hora antes indicadas se practicó la diligencia de Inspección Ocular al predio, conforme a lo establecido en el artículo 19 del Decreto 2664 de 1994, según se observa en el acta respectiva (folios 17 al 24), sin presentarse oposición.

En ladiligencia de inspección ocular se estableció que laocupación es adelantada directamente por la peticionaria y esta lleva cinco años o más, ocupando el predio El Respiro, de conformi- dad con lo previsto en el Decreto 2664 de 1994, artículo 8o, inciso 2o.

y que el área de este se encuentra enmarcado en la UAF definida por la Junta Directiva del Incora, para esta vereda del municipio de Puerto Rondón, comprendida en el rango de 850 a 1.071 has.

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 20 del Decreto 2664...

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