Resolución número 18 0321 de 2012, por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del Impuesto al Oro y Platino a los Municipios Productores.
Emisor | Ministerio de Minas y Energía |
Número de Boletín | 48370 |
Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLVII No. 48.370 Edición de 12 páginas • Bogotá, D. C., lunes, 12 de marzo de 2012 • I S S N 0122-2112
LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
Se permite informar que el Gobierno Nacional expidió el Decreto
número 053 de 2012, publicado en el número
48.311 del 13 de enero de 2012, mediante el cual se corrige el
artículo 225 del Decreto número 019 de 2012. En consecuencia, se
debe continuar publicando en el Diario Único de Contratación, los
contratos suscritos por las entidades públicas del orden nacional
hasta el día 1° de junio de 2012, en los términos que dispone la
A partir de esta fecha quedarán derogados el parágrafo 3° del
DIARIO OFICIAL
IMPRENTA
NACIONAL
República de Colombia
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 18 0319 DE 2012
(marzo 6)
por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del Impuesto
al Oro y Platino a los Municipios Productores.
La Secretaria General del Ministerio de Minas y Energía, en ejercido de sus fa-
cultades legales y especial las conferidas mediante Decreto número 4615 de 2011 y
Resolución número 18 1939 de 2010
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 4970 del 30 de diciembre del 2011, se apropió el
Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía para la
Que en la cuenta 3 – Transferencias Corrientes existe una partida que permite
transferir a los municipios productores de oro, plata y platino, los recaudos que por
concepto de impuesto, percibe la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional,
Que mediante Resolución número 18 0197 de febrero 16 de 2012, procedente del
Ministerio de Minas y Energía y aprobada por la Dirección General del Presupuesto
Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se creó en la cuenta
de Transferencias Corrientes, el rubro denominado Pago Pasivos Exigibles Vigencias
Expiradas, el cual permite transferir a los municipios productores de oro, plata y platino
2012, la Subdirección de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y
Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, informó que el recaudo
percibido por concepto del impuesto al oro, plata y platino correspondiente al mes de
2012, la Coordinadora del Grupo de Recaudo y Distribución de Regalías del Instituto
Colombiano de Geología y Minería (Ingeominas) discriminó la distribución de los
dineros que a los municipios productores les corresponde recibir por concepto de los
recaudos del Impuesto al oro plata y platino percibidos durante el mes diciembre da
2011 de la siguiente manera:
MUNICIPIOS VALOR IMPUESTO
Municipio de El Bagre
Municipio de Remedios
Municipio de Segovia
Municipio de Zaragoza
Municipio de Nechí
Total $1.428.238.792.00
RESUELVE:
plata y platino percibido durante el mes de diciembre de 2011, a los municipios y por
las cuantías que a continuación se detallan:
MUNICIPIOS VALOR IMPUESTO
Municipio de El Bagre
Municipio de Remedios
Municipio de Segovia
Municipio de Zaragoza
Municipio de Nechí
Total $1.428.238.792.00
-
pios mencionados, los valores correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo
de 2004, el Ministerio de Minas y Energía situará los recursos a los municipios citados
en el artículo 1° de la presente resolución, en las cuentas bancarias suministradas por
estos y validadas en el Sistema SIIF, que a continuación se detallan:
MUNICIPIOS NIT. CUENTA TIPO DE CUENTA BANCO
Municipio de El Bagre 371-582950-14 Corriente Bancolombia
Municipio de Remedios 1454000751-6 Corriente Agrario
Municipio de Segovia 416-00981-9 Corriente Davivienda
Municipio de Zaragoza 40506266-2 Corriente Occidente
Municipio de Nechí 40507894-0 corriente Occidente
-
La Secretaria General,
Claudia Isabel González Sánchez.
(C. F.).
RESOLUCIÓN NÚMERO 18 0321 DE 2012
(marzo 6)
por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del Impuesto
al Oro y Platino a los Municipios Productores.
La Secretaria General del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de sus fa-
cultades legales y especial las conferidas mediante Decreto número 4615 de 2011 y
Resolución número 18 1939 de 2010,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 4970 del 30 de diciembre del 2011 se apropió el
Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía para la
Que en la cuenta 3- Transferencias Corrientes existe una partida que permite
transferir a los municipios productores de oro, plata y platino, los recaudos que por
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
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