Resolución número 165-004656 2010, por la cual se adopta la Política de Gestión Integral para la gestión socialmente responsable y designa el Representante de la Alta Dirección para el Sistema de Gestión Integrado - 3 de Marzo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 77867091

Resolución número 165-004656 2010, por la cual se adopta la Política de Gestión Integral para la gestión socialmente responsable y designa el Representante de la Alta Dirección para el Sistema de Gestión Integrado

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín47640
11
Edición 47.640
Miércoles 3 de marzo de 2010 DIARIO OFICIAL
d) Decidir en forma motivada las solicitudes que ante él se presenten, relacionadas con la
administración y cumplimiento de los programas de vivienda antiguos y nuevos, decisiones que
deberán consignarse en acta suscrita por todos los miembros del Comité.
Para tales efectos, el Comité deberá aplicar, en su orden, la regulación contenida en el Es-
tatuto de Crédito que rige el correspondiente préstamo; en su defecto, el estatuto vigente y, en
los vacíos de este, el Estatuto de Crédito del Fondo Nacional de Ahorro;
g+"Fgukipct"nqu"okgodtqu"q"cÝnkcfqu"fg"nc"Nqplc"fg"Rtqrkgfcf"Tc¦"q"c"wpc"Nqplc"swg"ewornc"
con tales propósitos, para que se encarguen de efectuar los avalúos señalados en el presente estatuto;
f) Designar los integrantes del Comité o funcionarios de la Entidad, que se encarguen de
practicar las visitas a los inmuebles objeto de mejoras, o de construcción;
g) Diseñar y poner en ejecución los mecanismos para efectuar el seguimiento permanente
sobre la correcta utilización de los créditos asignados;
h) Velar por el cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de Crédito para Vivienda para
los servidores públicos y pensionados de la Superintendencia de Sociedades;
i) Ordenar la exigibilidad anticipada del crédito, cuando las circunstancias así lo ameriten;
j) Solicitar la iniciación de las investigaciones disciplinarias cuando se den las circunstancias
previstas en los literales b), c), d) y e) del parágrafo del numeral 26 del Estatuto de Crédito para
Vivienda, así como las señaladas en el numeral 31 del mismo;
k) Resolver los desempates que se presenten, de conformidad con las reglas establecidas
en el presente estatuto;
l) Aprobar o improbar el cambio del inmueble hipotecado dado en garantía;
m) Aprobar o improbar la sustitución del deudor a favor de un servidor público o pensionado;
n) Solicitar la intervención de la Procuraduría General de la Nación para que ordene una
vigilancia preventiva en los procesos de adjudicación de créditos;
ñ) Resolver, mediante decisión motivada, los vacíos y dudas que se presenten en la aplicación
del presente estatuto, atendiendo los criterios de interpretación del numeral treinta y dos (32) y
los principios del numeral segundo del presente estatuto;
o) Solicitar al Coordinador del Grupo de Jurisdicción Coactiva, cuando lo estime conveniente,
cualquier tipo de información relacionada con los procesos de cobro de obligaciones en mora
por concepto de créditos de vivienda.
Artículo 36. Reuniones.
a) El comité se reunirá por convocatoria de su Presidente;
b) El comité deliberará con la mitad más uno de los miembros que lo integran y podrá decidir
con la mitad más uno de los miembros con derecho a voto.
Artículo 37. Causales de impedimento y recusación. Constituyen causales de impedimento
y de recusación, las consagradas como tales en el Código de Procedimiento Civil y en el Código
Contencioso Administrativo.
Artículo 38. Procedimiento para resolver los impedimentos y recusaciones de los integrantes
del Comité. Los impedimentos o recusaciones que se presenten por o contra los integrantes del
Comité de Crédito para Vivienda, se resolverán mediante resolución motivada, expedida por
el Superintendente de Sociedades, quien designará un funcionario ad hoc, para el reemplazo,
mientras cesa el impedimento.
Cuando el impedimento o recusación recaiga en el Superintendente de Sociedades o su
Delegado, la Resolución motivada estará a cargo de los otros miembros del Comité.
Artículo 39. Aplicación del presente estatuto. Las personas que tienen créditos vigentes con
el Fondo de Vivienda de la Superintendencia de Sociedades tienen derecho a la aplicación del
rtgugpvg"guvcvwvq."ukgortg"swg"ocpkÝguvgp."gp"hqtoc"guetkvc"{"gzrtguc."uqogvgtug"c"nc"vqvcnkfcf"
del mismo y se encuentren al día en el pago de sus cuotas.
Artículo 40. Descuento para vivienda. El aporte mensual del quince por ciento (15%) de la
Reserva Especial del Ahorro que la Superintendencia de Sociedades le reconoce a sus servidores
públicos con destino al Fondo de Empleados de esta, podrá ser utilizado por dichos servidores,
en la proporción deseada, para amortizar créditos hipotecarios otorgados por la Superintendencia
fg"Uqekgfcfgu"q"rqt"wpc"gpvkfcf"Ýpcpekgtc"q"fgn"ugevqt"uqnkfctkq."ukgortg"{"ewcpfq"jc{cp"ukfq"
contraídos con ocasión de la compra o adquisición de vivienda, construcción, compra de lote y
construcción de vivienda, liberación de gravamen hipotecario, cambio, mejoras de la vivienda
del servidor público o pensionado o de estos y su grupo familiar.
Parágrafo. Cuando quiera que un servidor público de la Superintendencia de Sociedades
sea deudor simultáneo del Fondo de Vivienda de esta entidad y al mismo tiempo, lo sea sobre
fkejq"kpowgdng"fg"wpc"kpuvkvwek„p"fgn"ugevqt"Ýpcpekgtq"q"uqnkfctkq"{"qrvg"rqt"fguvkpct"gn"swkpeg"
por ciento (15%) de la reserva especial del ahorro a amortizar la deuda, se preferirá la deuda
vigente con el Fondo de Vivienda de la Superintendencia de Sociedades. En caso de quedar
algún excedente, luego de cubrir la cuota con el Fondo de Vivienda de la Superintendencia, el
mismo podrá ser utilizado, en la proporción deseada, para el pago de la deuda con la institución
Ýpcpekgtc"q"uqnkfctkc0"
Artículo 41. De la vigencia y derogatorias. El presente Estatuto rige desde la fecha de su
expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
A los servidores públicos de la Superintendencia de Sociedades y a los pensionados de esta
y de Corporanónimas se les aplicarán las condiciones previstas en el Estatuto de Crédito para
Vivienda vigente al momento de la adjudicación del crédito respectivo, salvo que expresamente
y de conformidad con lo establecido en este reglamento, hayan optado por la aplicación del
presente estatuto.
Comuníquese y cúmplase.
Hernando Ruiz López.
(C.F.)
RESOLUCIÓN NÚMERO 165-004656 2010
(marzo 3)
por la cual se adopta la Política de Gestión Integral para la gestión socialmente
responsable y designa el Representante de la Alta Dirección para el Sistema
de Gestión Integrado.
El Superintendente de Sociedades, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Norma NTC GP 1000: 2009 actualizada mediante el Decreto 4885 de 2009
en su capítulo 4, numeral 4.2.1 dispone que la documentación de la Entidad debe incluir las
declaraciones de la Política y los objetivos de calidad; y en el Capítulo 5 numeral 5.1.b deter-
mina que la alta dirección debe evidenciar su compromiso con el desarrollo e implementación
fgn"Ukuvgoc"fg"Iguvk„p"fg"Ecnkfcf"cu"eqoq"eqp" nc"oglqtc"eqpvkpwc"fg"nc"gÝecekc."gÝekgpekc"{"
efectividad de los procesos mediante la determinación de la política de calidad.
Segundo. Que para cumplir con la adopción de las mejores prácticas bajo los requisitos
NTC-ISO/IEC 27001:2006, en su numeral 4.2.1. b) y el control A.5.1.1, la Superintendencia
fg"Uqekgfcfgu"fgdg"fgÝpkt"nc"rqnvkec"fg"ugiwtkfcf"fg"nc"kphqtocek„p"gp"vfitokpqu"fg"ncu"ectce-
terísticas del negocio, la organización, su ubicación, sus activos y tecnología, que incluya un
marco de referencia, que tenga en cuenta los requisitos del negocio, este alineada con el contexto
organizacional de gestión del riesgo y establezca los criterios contra los cuales se evaluará el
riesgo para el Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI).
Tercero. Que de conformidad con la norma NTC-ISO 27001:2006 Capítulo 5 numeral 5.1
a y b, la dirección debe brindar evidencia de su compromiso con el establecimiento, implemen-
tación, operación, revisión, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión de Seguridad de la
Información (SGSI) mediante el establecimiento de una política y asegurando que se establezcan
los objetivos y planes del SGSI;
Cuarto. Que de conformidad con lo consagrado en la Resolución número 511-05382 del 21
de diciembre de 2007 mediante la cual la Superintendencia de Sociedades se adhiere al Pacto
Global en lo referente a Gestión Ambiental y demás principios del mismo”, a la Entidad le asiste
la responsabilidad de establecer una política ambiental, tendiente a implementar sus directrices
hacia las buenas prácticas en el tema.
Quinto. Que siguiendo los lineamientos de la Guía Técnica Colombiana sobre Responsabi-
lidad Social - GTC 180 numeral 3.3. la Responsabilidad Social- implica una visión integral de
la sociedad y su desarrollo; comprende las dimensiones Social, Ambiental y Económica de las
organizaciones y entiende que el crecimiento económico y de la productividad están asociados
con las mejoras en la calidad de vida de las personas, y la vigencia de organizaciones compro-
metidas con los Derechos Humanos, y el cuidado del medio ambiente.
Sexto. Que según la Guía GTC 180 para gestionar de manera socialmente responsable es
necesario considerar que el impacto de la organización se extiende a todas las partes interesadas
tanto en el ámbito externo, con los clientes, con los proveedores, con otras organizaciones, con el
Estado, y con la comunidad, así como en el ámbito interno, con los colaboradores, trabajadores,
directivos y con los asociados entre otros.
Séptimo. Que la GTC 180 en el numeral 3.4 establece que los diferentes Sistemas de Gestión
de una organización (Calidad, ambiental, seguridad e higiene ocupacional, entre otros) pueden
integrarse conjuntamente con un enfoque socialmente responsable dentro de un sistema de
Gestión Único, utilizando elementos comunes e interactuando con aquellos que no los son, lo
swg"rwgfg"hceknkvct" nc"rncpkÝecek„p."nc" cukipcek„p"fg"tgewtuqu."gn" guvcdngekokgpvq"fg"qdlgvkxqu"
eqorngogpvctkqu"{"nc"gxcnwcek„p"fg"nc"gÝecekc"{"nc"gÝekgpekc"inqdcn"fg"nc"qticpk¦cek„p0"
Octavo. Que de conformidad con el Capítulo 5 numeral 5.5.2 de la Norma NTC GP 1000:2009
es necesario que la alta dirección designe un miembro de la dirección para el Sistema de Gestión
de Calidad.
Que, con mérito en lo anteriormente expuesto, este despacho
RESUELVE:
Artículo 1°. Fijar y Adoptar. Se ha establecido la siguiente Política Integral para una Gestión
socialmente responsable:
Nc"Uwrgtkpvgpfgpekc"fg"Uqekgfcfgu"eqp"gn"Ýp"fg"cpvkekrct"{"rtgxgpkt"nc"etkuku"gortguctkcn"{"
la atención oportuna de la insolvencia mediante una gestión socialmente responsable se com-
promete con:
1. El aumento en la satisfacción de los usuarios y partes interesadas.
2. La anticipación de la Crisis y la atención oportuna de la insolvencia en el sector real
3. La determinación y mantenimiento de mecanismos de comunicación que permitan el
contacto con las partes interesadas.
60"Nc"oglqtc"eqpvkpwc"fg"nc"gÝecekc."gÝekgpekc"{"ghgevkxkfcf"fg"uwu"rtqeguqu"{"fg"nc"iguvk„p"
socialmente responsable.
70"Nc" rtqvgeek„p"fgn"ogfkq" codkgpvg"ogfkcpvg" nc"iguvk„p" gÝekgpvg"fg" nqu"tgewtuqu"swg" nq"
impacten de manera negativa.
80"Nc"iguvk„p"{"rtgugtxcek„p"fg"nc"eqpÝfgpekcnkfcf."nc"kpvgitkfcf"{"nc"fkurqpkdknkfcf"fg"nqu"
activos de información usados en los procesos que desarrolla la entidad.
90"Gn" ocpvgpkokgpvq"fg" Tgncekqpgu"vtcpurctgpvgu" swg"rgtokvcp" owvwq"dgpgÝekq" eqp"rtq-
xggfqtgu"ecnkÝecfqu0"
8. La gestión de los riesgos e incidentes institucionales mediante la metodología establecida
que permita minimizar la posibilidad de ocurrencia atendiendo los criterios establecidos en el
Manual de operaciones de la entidad.
9. El aseguramiento y desarrollo de la competencia de los funcionarios de la entidad.
10. El mantenimiento de la infraestructura necesaria para la Gestión.
Todo esto dentro de un marco de ética y garantizando el respeto y promoción de los derechos
humanos y el cumplimiento de la normatividad vigente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR