Resolución número 0144 de 2014, por la cual se autoriza a la Electrificadora del Meta S. A. E.S.P. para celebrar un empréstito interno con el Banco BBVA Colombia S. A., Bancolombia S. A. y Banco de Bogotá S. A., hasta por la suma de cincuenta y cuatro mil novecientos veintiún millones seiscientos trece mil ciento diecinueve pesos ($54.921.613.119) moneda legal colombiana - 27 de Enero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 488595606

Resolución número 0144 de 2014, por la cual se autoriza a la Electrificadora del Meta S. A. E.S.P. para celebrar un empréstito interno con el Banco BBVA Colombia S. A., Bancolombia S. A. y Banco de Bogotá S. A., hasta por la suma de cincuenta y cuatro mil novecientos veintiún millones seiscientos trece mil ciento diecinueve pesos ($54.921.613.119) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49046

La Viceministra General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público encargada de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 11 del Decreto 2681 de 1993 y el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Oficios números GFA 20135000121481 del 30 de abril de 2013, GFA 20135000130671 del 9 de mayo de 2013, y GG-20135000359411 del 18 de diciembre de 2013, la Electrificadora del Meta S. A. E.S.P. solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de crédito interno hasta por la suma de cincuenta y cuatro mil novecientos veintiún millones seiscientos trece mil ciento diecinueve pesos ($54.921.613.119) moneda legal colombiana, destinados a financiar parte de las inversiones en infraestructura para el reforzamiento del sistema de transmisión regional o STR. Estos proyectos incluyen la ampliación de la Subestación Reforma, la construcción de una nueva conexión al Sistema de Transmisión Nacional (STN) y la construcción de un segundo circuito a 115 Kv desde la Subestación Suria a Puerto López y a Puerto Gaitán y obras complementarias, proyectos que hacen parte del plan de inversiones de la compañía periodo 2013-2015;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 11 del Decreto 2681 de 1993, dispone que la celebración de contratos de empréstito interno por las entidades descentralizadas del orden nacional, requerirá autorización para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación y las correspondientes minutas definitivas;

Que la Electrificadora del Meta S. A. E.S.P. es una empresa de servicios públicos mixta, de nacionalidad colombiana, constituida como sociedad por acciones, del tipo de las anónimas, sometida al régimen general de los servicios públicos domiciliarios y que ejerce sus actividades dentro del ámbito del derecho...

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