Acuerdo de consejo directivo número 1156 de 2009, por el cual se sustrae del área del distrito de manejo integrado de recursos no renovables de Bucaramanga (DMI), un área de la franja de derecho de vía del tramo 04 (Palenque - Café Madrid) de la concesión vial zona metropolitana de Bucaramanga y se adoptan otras determinaciones. - 24 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 61794343

Acuerdo de consejo directivo número 1156 de 2009, por el cual se sustrae del área del distrito de manejo integrado de recursos no renovables de Bucaramanga (DMI), un área de la franja de derecho de vía del tramo 04 (Palenque - Café Madrid) de la concesión vial zona metropolitana de Bucaramanga y se adoptan otras determinaciones.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín47420

En uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial las contenidas en los articulos 27, literal g), y 31, numeral 16 de la Ley 99 de 1993;

310 del Decreto 2811 de 1974;

el articulo 6° del Decreto 1974 de 1989;

el articulo 1°, paragrafo 2° del Decreto 2855 de 2006, y el articulo 24, numeral 7 de la Resolucion 1890 del 25 de septiembre de 2006, por la cual el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial aprueba los estatutos de esta Corporacion, CONSIDERANDO:

Que conforme al articulo 334 de la Constitucion Politica, corresponde al Estado la direccion general de la economia, en virtud de lo cual debe intervenir, entre otras materias, en la explotacion de los recursos naturales y en el uso del suelo, para racionalizar la economia con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribucion equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservacion de un ambiente sano.

Que el articulo 80 del mismo estatuto superior le señala al Estado entre otros, la obligacion de planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservacion, restauracion o sustitucion, ademas de la prevencion y control de los factores de deterioro ambiental, la imposicion de las sanciones legales y la exigencia de reparacion de los daños causados.

Que el articulo 1° del Decreto 2811 de 1974, Codigo Nacional de Recursos Naturales, establece que el ambiente es patrimonio comun, y que el Estado y los particulares deben participar en su preservacion y manejo;

asi mismo, dispone que los recursos naturales renovables son de utilidad publica e interes social.

Que el Ministerio del Medio Ambiente, mediante Decreto numero 1539 del 12 de junio de 1997, aprobo el Acuerdo numero 0839 del 23 de diciembre de 1996, emitido por el Consejo Directivo de la Corporacion Autonoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB), mediante el cual se declara un Distrito de Manejo Integrado (DMI)...

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