Resolución número 1269 de 2014, por medio de la cual se sustrae definitiva y temporalmente un área de la reserva forestal del Cocuy establecida mediante la Ley 2a de 1959 y se toman otras determinaciones - 13 de Octubre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 539251850

Resolución número 1269 de 2014, por medio de la cual se sustrae definitiva y temporalmente un área de la reserva forestal del Cocuy establecida mediante la Ley 2a de 1959 y se toman otras determinaciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49303

La Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Convenio número 200925 del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), celebrado con el Instituto Nacional de Vías (Invías), se acordaron los estudios y diseños, gestión social, predial, ambiental y sustracción de la Reserva Forestal del Cocuy establecida mediante la Ley 2a de 1959, para el mejoramiento de la carretera de La Soberanía, Tramo La Lejía-Saravena.

Que mediante Radicado número 4120-E1- 56769 del 23 de noviembre del 2012, la doctora Luz Aída Paiba Bueno en su calidad de Gerente de Unidad Área de Ejecución y Liquidación del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade), remite la información pertinente para la solicitud de sustracción definitiva y temporal de áreas ubicadas en la Reserva Forestal del Cocuy de Ley 2a de 1959, para el desarrollo y construcción del proyecto carretera de la soberanía tramo La Lejía ubicado en los departamentos de Norte de Santander y Arauca.

Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales procedió a realizar apertura al expediente número SRF 00158, en virtud del convenio interadministrativo de Asociación número 06 del 20 de abril de 2012, prorrogado el 28 de diciembre de la misma anualidad y el 22 de marzo de 2013, suscrito entre el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales mediante el radicado 4120-E1-58168 del 29 de noviembre de 2012, procedió a dar traslado del expediente número SRF 00158, a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), a fin que esta realizara la correspondiente evaluación técnica respecto de la viabilidad o no de dicho proyecto.

Que mediante el Auto 085 del 30 de septiembre de 2013, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, inicia un trámite de solicitud de sustracción en áreas de la Reserva Forestal del Cocuy establecida en la Ley 2a de 1959, y en el cual se dispuso en el artículo segundo del mismo, notificar a la doctora Luz Aída Paiba Bueno en su calidad de Gerente de Unidad Área de Ejecución y Liquidación del Fonade.

Que mediante oficio con radicado 4120-E1-41712 del 06 de diciembre de 2013, la Ingeniera Luz Aída Paiba Bueno, actuando como Gerente Senior del Área de Infraestructura Productiva de Fonade, manifiesta a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), que el titular de las obligaciones que refieren a la solicitud de sustracción deben ser notificadas al representante legal del Fonade, doctora Natalia Arias Echeverry, quien figura como Gerente General.

Que Mediante oficio con radicado número 8210-E2_432 del 19 de febrero de 2014, dirigido a la doctora Natalia Arias Echeverry, Gerente General de Fonade, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del MADS, solicita indicar quién es el titular del trámite de las obligaciones que surgen del mismo y quién tendría la competencia para cumplir las obligaciones a imponer respecto a la rehabilitación y compensación del área solicitada a sustraer en caso de ser procedente y viable la sustracción.

Que mediante oficio con radicado número 4120-E1-8533 del 17 de marzo de 2014 remitido a esta Dirección, la doctora Luz Aída Paiba Bueno, fungiendo como Gerente Senior del Área de Ejecución y Liquidación de Fonade, allega información técnica solicitada para continuar con el análisis de la sustracción, como también allega información de la titularidad en cuanto a las obligaciones que infieran con la posible viabilidad de la sustracción, la cual están a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías).

Que mediante oficio radicado con número 4120-E1-12568 del 14 de abril de 2014, la doctora Luz Aída Paiba Bueno, actuando como Gerente Senior del Área de Ejecución y Liquidación de Fonade, dando respuesta a las solicitudes del MADS, respecto a la remisión de información adicional para determinar la viabilidad de la sustracción requerida, esta remite coordenadas planas que corresponde con la localización de las bocas de entrada y salida de los túneles proyectados en los tramos PR 14+555 al PR 14+861 y PR55+832 al PR 56+600; las coordenadas planas de los polígonos correspondientes a los sitios de disposición de material sobrante para los túneles ubicados en el PR 10+470 al PR 10+610, PR 60+440 al PR 60+500 y PR 61+500 al PR 600+750 y el acta de cierre de la Consulta Previa realizada.

Que mediante oficio con radicado número 4120-E1-15969 del 14 de mayo de 2014, el Fonade, remite información técnica complementaria e información suministrada por el Instituto Nacional de Vías (Invías), el cual designan como apoderada para el proyecto La Soberanía a la doctora Clara Inés Sáchica Bernal.

Que mediante poder radicado a esta Dirección por parte de la doctora Nora Alejandra Muñoz Barrios en su calidad de Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Nacional de Vías (Invías) y de acuerdo con las facultades que le otorga la Resolución número 0120 del 28 de febrero de 2014 proferida por el Ministerio de Transporte "por medio de la cual se delegan unas funciones", confiere poder amplio y suficiente a la doctora Clara Inés Sachica Bernal, para que solicite y gestione la Sustracción de la Reserva Forestal Nacional del Cocuy de Ley 2a de 1959, en cuanto a lo que refiere con el proyecto Vial Transversal la Soberanía tramo La Lejía Norte de Santander y Saravena Arauca.

Que con ocasión a lo anterior, el titular de la solicitud de sustracción de áreas de la Reserva Forestal del Cocuy de la Ley 2a de 1959 para el desarrollo y ejecución del proyecto Vial la Soberanía es el Instituto Nacional de Vías (Invías), y no el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade). Por ende, y de acuerdo a la viabilidad o no de la sustracción presentada por el interesado, las obligaciones a que haya lugar, recaerán únicamente sobre el titular de la solicitud, esto es, el Invías.

Que mediante Auto número 223 del 17 de junio de 2014, se modifica el Auto número 085 del 30 de septiembre de 2013, "por la cual se inicia un trámite de sustracción definitiva de la Reserva Forestal del Cocuy, establecida en la Ley 2ade 1959", en el sentido de notificar al titular de la solicitud de sustracción de un área de la Reserva Forestal del Cocuy de la Ley 2a de 1959, la cual corresponde al Instituto Nacional de Vías (Invías).

FUNDAMENTOS TÉCNICOS

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto-ley 3570 de 2011, emitió el Concepto Técnico número 155 del 31 de diciembre de 2013 en el marco de lo establecido en la Resolución número 1526 de 2012, para la solicitud de sustracción definitiva y temporal de un área ubicada en de la Reserva Forestal del Cocuy establecida mediante la Ley 2a de 1959, para el desarrollo del proyecto corredor vial "La Soberanía", tramo La Lejía, (Norte de Santander) - Saravena (Arauca).

Que el anterior concepto señala lo siguiente: "(■■■)

INFORMACIÓN PRESENTADA

La información presentada a continuación es extraída de los siguientes documentos técnicos de soporte de la solicitud enviados por el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (Fonade):

a) Documento técnico de soporte de la solicitud de sustracción radicado con número 4120-E1-5679 del 23 de noviembre de 2012 titulado: "Estudios y diseños, gestión social, predial, ambiental y sustracción de la Reserva Forestal Nacional El Cocuy para el mejoramiento de la carretera de La Soberanía, tramo La Lejía (Norte de Santander) - Saravena (Arauca)". Folio 1 y 2 (Anexos);

b) Documento técnico titulado: "Estudios y diseños, gestión social, predial, ambiental y sustracción de la Reserva Forestal Nacional El Cocuy para el mejoramiento de la carretera de La Soberanía, tramo La Lejía (Norte de Santander) - Saravena (Arauca). Informe complementario estudio...

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