Decreto número 1372 de 2014, por el cual se toman medidas para incentivar la producción y exportación de gas natural - 22 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 521680530

Decreto número 1372 de 2014, por el cual se toman medidas para incentivar la producción y exportación de gas natural

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49220

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 y el artículo 334 de la Constitución Política, así como la Ley 142 de 1994, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 334 de la Constitución Política señala que la dirección general de la economía estará a cargo del Estado y este intervendrá por mandato de la ley en la explo- tación de los recursos naturales, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades, entre otros.

Que el Gobierno expidió el Decreto número 2100 de 2011 con el fin de establecer mecanismos para promover el aseguramiento del abastecimiento nacional de gas natural.

Que se hace necesario modificar el artículo 6º del Decreto número 2100 de 2011, con el fin de dar lineamientos para la creación de nuevos mercados de gas natural, incentivando su producción y consecuente exportación, siempre y cuando se atienda prioritariamente la demanda interna de este energético.

Que en cumplimiento a lo establecido en el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011, el presente proyecto se publicó en la página web del Ministerio de Minas y Energía durante los días 12 al 16 de junio de 2014 y los comentarios recibidos fueron debidamente analizados.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Modifíquese el artículo 6º del Decreto número 2100 de 2011, el cual quedará así:

"Artículo 6º. Administración del Gas Natural de propiedad del Estado y de las participaciones de la ANH.

En la celebración de los contratos y operaciones de cualquier naturaleza que la ANH celebre para la administración del gas natural de propiedad del Estado y de las participaciones de la ANH, se tendrá como destino de este gas la exportación con el objeto de abrir nuevos mercados...

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