Resolución número 0000-123 de 2014, por la cual se adopta la Guía General para el Trámite de los Procesos Disciplinarios de Competencia de la UAE Junta Central de Contadores - 10 de Marzo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 496870830

Resolución número 0000-123 de 2014, por la cual se adopta la Guía General para el Trámite de los Procesos Disciplinarios de Competencia de la UAE Junta Central de Contadores

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Junta Central de Contadores
Número de Boletín49088

El Director General de la UAE Junta Central de Contadores, en cumplimiento de las funciones señaladas en el artículo 20 de la Ley 43 de 1990, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 1151 de julio 24 de 2007, el artículo 9º de la Ley 1314 del 13 de julio de 2009, el Decreto número 1955 del 31 de mayo de 2010, la Ley 1437 del l8 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 71 de la Ley 1151 de julio 24 de 2007, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, se otorgó personería jurídica a la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, adscribiéndola al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Que los artículos primero y segundo del Decreto número 1955 del 31 de mayo de 2010, establecen lo siguiente:

Naturaleza. La Junta Central de Contadores es una Unidad Administrativa Especial con personería jurídica, adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que en virtud de la Ley 1314 de 2009 continuará actuando como tribunal disciplinario y órgano de registro de la profesión contable, incluyendo dentro del ámbito de su competencia a los Contadores Públicos y a las demás entidades que presten sus servicios al público en general propios de la ciencia contable como profesión liberal.

Autoridad Disciplinaria. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley 1314 de 2009, la Junta Central de Contadores para el cumplimiento de las funciones de que trata el artículo 20 de la Ley 43 de 1990, cuenta en su estructura con un Tribunal Disciplinario, el cual podrá solicitar documentos, practicar inspecciones, obtener declaraciones y testimonios, así como aplicar sanciones personales o institucionales a quienes hayan violado las normas aplicables.

Que el artículo 28 de la Ley 43 de 1990 establece el proceso sancionador a cargo de la Junta Central de Contadores.

Que con la entrada en vigencia, a partir del 2 de julio de 2012, de la Ley 1437 del 18 de enero de 2011 fue necesario actualizar la guía del proceso disciplinario a las nuevas disposiciones de orden legal.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 47 de la Ley 1437 de 2011, los procedimientos administrativos de carácter sancionatorio no regulados por leyes especiales o por el Código Disciplinario Único se sujetarán a las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo. Así mismo los preceptos de este Código se aplicarán también en lo no previsto por dichas leyes.

Que en cumplimiento del principio de integración normativa, los vacíos de procedimiento de la Ley 43 de 1990 se deben llenar con las normas del Código de Procedimiento Administrativo y en su defecto con las normas del Código Disciplinario Único, en lo que resulte compatible con el trámite ético disciplinario de competencia de la UAE. Junta Central de Contadores.

Que según lo previsto en el numeral 7 del artículo 20 de la Ley 43 de 1990, corresponde a la Junta Central de Contadores, darse su propio reglamento de funcionamiento interno.

En tal virtud,

RESUELVE:

Artículo 1º La UAE Junta Central de Contadores, de conformidad con lo...

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