Resolución número 000028 de 2013, por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, transfiriendo a CISA a título gratuito Inmuebles de propiedad de la Nación - DIAN - 22 de Febrero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 424887950

Resolución número 000028 de 2013, por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, transfiriendo a CISA a título gratuito Inmuebles de propiedad de la Nación - DIAN

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín48712

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de las facultades legales, especialmente en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 238 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 238 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, establece:

"Movilización de activos. A partir de la expedición de la presente ley, las entidades públicas del orden nacional con excepción de las entidades financieras de carácter estatal, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las Sociedades de Economía Mixta y las entidades en liquidación, tendrán un plazo de seis (6) meses para ceder la cartera con más de ciento ochenta (180) días de vencida, al Colector de Activos Públicos (CISA), para que este las gestione. La cesión se hará mediante contrato interadministrativo en las condiciones quefije el modelo de valoración que defina el Gobierno Nacional. La cartera de naturaleza coactivay la que no esté vencida, podrá ser entregada en administración a CISA.

Dentro del mismo plazo, las entidades a que se refiere el inciso anterior, transferirán a CISA, a título gratuito y mediante acto administrativo, los inmuebles de su propiedad que se encuentren saneados y que no requieran para el ejercicio de sus funciones, incluidos aquellos que por acto público o privado sean sujetos de una destinación específica y que no estén cumpliendo con tal destinación, para que CISA los transfiera a título gratuito a otras entidades públicas o los comercialice. El Gobierno Nacional reglamentará las condiciones bajo las cuales CISA podrá reasignar los bienes inmuebles que reciba a título gratuito, señalando los criterios que debe cumplir la solicitud de la entidad...

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