El Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Zipaquirá (Cundinamarca) hace saber que, se decretó la interdicción provisoria de María del Carmen Esquinas Esquinas - 14 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 60719180

El Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Zipaquirá (Cundinamarca) hace saber que, se decretó la interdicción provisoria de María del Carmen Esquinas Esquinas

Número de Boletín47410

de Zipaquira (Cundinamarca), Para los efectos legales, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, numeral 7, HACE SABER:

Que con auto de fecha 1° de junio de 2009, se decreto la interdiccion provisoria de la señora Maria del Carmen Esquinas Esquinas, identificada con la cedula de ciudadania numero 39809589 de Tabio (Cundinamarca) y se le designo como Curadora Provisoria a la señora Ana Lucila Esquinas Forero, identificada con la cedula de ciudadania numero 20982340 expedida en Tabio (Cundinamarca).

Para conocimiento del publico en general, se entregan copias del presente aviso a la parte...

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