Resolucion número 47-000-111-2012 de 2012, por medio de la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de los predios de la zona urbana, rural y corregimientos de Taganga, Bonda, Minca y Guachaca del Distrito de Santa Marta
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi |
Número de Boletín | 48657 |
La Directora del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Territorial Magdalena, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 104 de la Resolución número 070 de 2011 de la Dirección General, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución número 47-000-022-2012 de fecha 22 de marzo de 2012, de esta Territorial, se ordenó la actualización de la formación catastral, jurídica y fiscal del Distrito de Santa Marta (Urbana, rural y corregimientos), de conformidad con lo ordenado en el artículo 78 de la Resolución número 070 de 2011 emanada por la Dirección General del IGAC.
Que por Resolución número 47-000-095-2012 de fecha 19 de noviembre de 2012, de esta Territorial, modifica la Resolución número 47-000-022-2012 de fecha 22 de marzo de 2012, la cual dice que se corrige la fecha donde se ordena la Actualización de la Formación Catastral jurídico, fiscal del Distrito de Santa Marta (Urbano, Rural y Corregimientos) a dos (2) de abril de 2012.
Que en mérito a los anteriores considerandos,
RESUELVE:
la Renovación de la Inscripción en el Catastro de los predios Urbano, Rural y Corregimientos de Taganga, Bonda, Minca, y Guachaca del Distrito de Santa Marta.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Santa Marta, a los veintiséis (26) días del mes de diciembre del año dos mil doce (2012).
La Directora Territorial,
Amira García Portillo.
(C.F.).
Instituto Colombiano Agropecuario
Resoluciones
RESOLUCIÓN NÚMERO 005869 DE 2012
(diciembre 27)
por medio de la cual se actualizan las tarifas de los servicios técnicos que presta el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA.
La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de la facultad legalmente concedida en virtud del artículo 84 del Acuerdo 15 de 2007, y
CONSIDERANDO:
El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, es el responsable de ejercer el control técnico de la sanidad agropecuaria en el país y señalar los servicios que debe prestar a los usuarios;
El Acuerdo 15 de 2007, emitido por el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, establece las tarifas por los servicios técnicos que presta el Instituto;
Mediante el artículo 84 del Acuerdo 15 de 2007, el Consejo Directivo facultó al Gerente General del ICA para reajustar anualmente las tarifas establecidas en el Acuerdo teniendo en cuenta el índice de precios al consumidor, IPC, certificado por el DANE; cifra que presentó una variación en los últimos doce meses con corte a noviembre de 2.77%;
En mérito de lo expuesto, la Gerente General del ICA, actualiza las tarifas, así:
RESUELVE:
el artículo 1° del capítulo I del Acuerdo 15 de 2007, se actualizan así: | |
Concepto | Tarifa ($) |
1. Registro como importador de alimentos para animales, biológicos o de medicamentos veterinarios, de semen/embriones, líneas genéticas aviares o huevos fértiles para incubación | 583.700 |
2. Modificación del registro de empresas importadoras de alimentos para animales, biológicos o de medicamentos veterinarios, semen/embriones, líneas genéticas aviares o huevos fértiles para incubación, por cambio de dirección | 583.700 |
3. Ampliación del registro de empresas importadoras de alimentos para animales, biológicos o de medicamentos veterinarios | 583.700 |
4. Registro como productor por contrato de alimentos para animales, biológicos o de medicamentos veterinarios | 583.700 |
5. Modificación del registro como productor por contrato de alimentos para animales, biológicos o de |
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